Agentes de la Guardia Urbana de Barcelona durante un acto en el Ayuntamiento, que gobierna el partido de Ada Colau / AjBCN

Agentes de la Guardia Urbana de Barcelona durante un acto en el Ayuntamiento, que gobierna el partido de Ada Colau / AjBCN

Política

El Supremo 'toca la cara' a Colau: readmitirá a un urbano y le pagará 200.000 euros

El alto tribunal afea al Ayuntamiento de Barcelona la "indefensión" de un agente incapacitado y fuerza a pagarle el sueldo de cuatro años más las costas del juicio

11 abril, 2019 00:00

Tortazo del Tribunal Supremo a la política del gobierno municipal de Barcelona, que comanda Ada Colau, con los guardias urbanos incapacitados. El alto tribunal ha forzado al Ejecutivo local de Barcelona en Comú (BComú) a readmitir a un agente al que echó tras perder movilidad por un problema de cadera y lograr la incapacidad. La máxima instancia judicial española corrige esa decisión, revierte la jubilación forzosa y obliga a resarcir al efectivo policial con 200.000 euros en concepto de salarios atrasados, intereses y las costas del juicio.

Según sentencia del Tribunal Supremo con fecha a 28 de marzo, texto al que ha tenido acceso este medio, Manuel A.P. deberá ser readmitido en la plantilla municipal. Volverá el policía a la estructura después de que la Gerencia de Recursos Humanos aprobara una resolución de jubilación forzosa del agente en febrero de 2015. Tomó la decisión la instancia administrativa después de que el denunciante lograra la invalidez permanente (más del 33% de disminución de capacidad de desempeñar su trabajo) por un problema de cadera derivado de un accidente de motocicleta. En otras palabras: el Ayuntamiento echó al guardia urbano pese a que éste pidió pasar a segunda actividad.

El Supremo 'toca la cara' al Ayuntamiento

Según la justicia, en una decisión que ya no es recurrible, el Ejecutivo local obró mal. El Tribunal Supremo inadmite un recurso del Ayuntamiento de Barcelona contra una decisión del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que anulaba la jubilación obligada. Lo que es más: obliga al segundo mayor consistorio de España a pagar las costas. En esencia, el alto tribunal reafirma una sentencia anterior que concluyó que el efectivo policial "tenía reconocido el derecho a permanecer en servicio activo porque podía desempeñar un puesto de trabajo en segunda actividad".

Ada Colau, alcaldesa de Barcelona y Amadeu Recasens, comisionado local de Seguridad / CG

Ada Colau, alcaldesa de Barcelona y Amadeu Recasens, comisionado local de Seguridad / CG

Ada Colau, alcaldesa de Barcelona y Amadeu Recasens, comisionado local de Seguridad / CG

Pese que tenía ese derecho, el gobierno local de Barcelona no lo entendió así. Echó al funcionario "interpretando erróneamente el artículo 67 del Estatuto Básico de Empleado Público (EBEP)". Le privó de seguir siendo policía, pese a que éste podía desempeñar otras funciones en la estructura de la Guardia Urbana o fuera de ella, aprovechando su formación anterior. El agente no se rindió y recurrió. Perdió en primera instancia en 2016, pero ganó en el TSJC. Ahora, el Tribunal Supremo lo arropa y da por buena la sentencia de la instancia judicial anterior, que peleó el bufete de abogados Crespo & Fanlo Advocats.

"Vulneraron los derechos de las personas con discapacidad"

Vicente Flores, presidente de la Asociación para la Integración Laboral de los Policías Locales con Discapacidad (AIL-POLD), ha lamentado que el Ejecutivo local de Colau y Barcelona en Comú (BComú) "hayan optado por la discriminación de los agentes discapacitados". Lo han hecho, según el efectivo policial y activista, en el caso del agente Manuel, "recurriendo la sentencia hasta el Supremo, cuando no tenían necesidad". ¿Por qué lo hicieron? "Porque no tuvieron en cuenta la jerarquía normativa. Pensaban que el reglamento de Segunda Actividad de la Guardia Urbana de 2002 [leer aquí] era suficiente. Y no. No lo han actualizado a normas de rango superior que obligan a la inclusión de personas con minusvalía y prohíben la discriminación", lamenta.

Ello provoca, según él, casos como el de Manuel, pero otros muchos más. "Hay agentes de la Urbana con esquizofrenias o enfermedades infecciosas que prefieren no comunicarlas por miedo a que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) los declare incapacitados y los echen", avisa. Reclama por ello la actualización del documento para alinearlo con normas superiores como la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la Organización de Naciones Unidas (ONU), aprobada en 2006 y ya incorporada al ordenamiento jurídico nacional.