Las leyes impulsadas desde el Ministerio de Igualdad no dejan de crear problemas y polémicas. Cuando aún no se ha apagado el intenso debate sobre la ley trans, estalla ahora con toda su crudeza el de la ley del solo sí es sí.

Unidas Podemos (UP) lo achaca todo al “machismo”, que no puede soportar que las leyes contengan, en su opinión, “más avances que nunca”. El mismo argumento vale para la ley trans que para la ley de solo sí es sí. Sin embargo, es perfectamente compatible defender el avance en los derechos de las personas trans y oponerse a la autodeterminación de género, es decir, a que alguien pueda cambiar de sexo solo por su propia voluntad, como si no existiera el sexo biológico y como si todo este complejo problema se resumiera en el género, esa construcción cultural tan indefinida. La ley trans ha levantado un debate en el que una buena parte del feminismo se declara en contra y alerta de los perjuicios que el texto legal puede significar para las mujeres o las “progenitoras gestantes”, como se dice con ese neolenguaje creado por la corrección política y la pérdida del sentido del ridículo.

Ahora, ante la realidad de que la ley de Garantía Integral de Libertad Sexual, más conocida como ley de solo el sí es sí, ha provocado la rebaja de penas o la excarcelación de una quincena de delincuentes sexuales, a la ministra de Igualdad, Irene Montero, solo se le ocurre reaccionar diciendo que los jueces incumplen la ley por su “machismo” y que necesitan cursillos de formación para no equivocarse.

Pero no solo ha sido Montero. Todos los referentes de Podemos, desde Ione Belarra a Pablo Iglesias, pasando por Pablo Echenique, Juan Carlos Monedero y Victoria Rosell, se han apuntado a las acusaciones de “machismo” contra los jueces, contra la caverna, contra la derecha política y mediática, contra una parte del feminismo y hasta contra lo que en UP llaman “progresía mediática”. Todos ellos son fachas o machistas o las dos cosas a la vez. Las cuatro asociaciones de jueces, incluida la progresista Jueces y Juezas para la Democracia han reaccionado a la acusación de Montero, tachada de “infantil y absurda”, “exagerada, desproporcionada y demagógica”, entre otros calificativos.   

Es evidente que la ley tiene un agujero por el que se ha colado la rebaja de las penas, a la que los jueces están obligados por el principio de retroactividad del Derecho Penal cuando favorece al reo. La tramitación de la ley, que empezó a plantearse tras las bajas condenas en el caso La Manada, ha durado dos años y medio. Desde el principio, el Ministerio de Justicia planteó reticencias por defectos técnicos, entre ellos una posible rebaja de las penas, lo que llevó a Pablo Iglesias a llamar “machista frustrado” al entonces ministro de Justicia, Juan Carlos Campo.

Justicia logró introducir variaciones en la ley, pero después ni el Ministerio de Igualdad, ni el Gobierno en su conjunto, ni el Parlamento ni los órganos consultivos –Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y Consejo de Estado— propusieron introducir, como es habitual en estos casos, una disposición transitoria que impidiera que parte de las rebajas de pena pudieran llevarse a cabo. El CGPJ sí que advirtió de que la rebaja de las penas máximas podría conllevar rebajas de penas.

El problema reside en la agrupación en un solo delito de agresión sexual de lo que antes eran dos: abusos y agresión, el primero cuando no había violencia o intimidación y el segundo cuando sí la había. Al unificarse el delito, se previó una horquilla más amplia de penas. Para algunos casos se rebajaron penas mínimas y máximas, cuando no hay agravantes, y para otros se aumentaron, como el caso de la violación en grupo. Ahora, pues, los jueces rebajan las penas cuando el caso lo exige, aplicando el principio de retroactividad. No es una norma general, sino que se estudia caso por caso, pero desde el 7 de octubre, día de entrada en vigor de la ley, se han producido ya numerosas rebajas y habrá muchas más.

Para evitar esta proliferación de rebajas, debería haberse introducido la citada disposición transitoria, que hubiese impedido la variación de pena si la condena con la nueva ley estuviera dentro de la horquilla que tenía el delito cuando el caso fue juzgado. Lo peor es que, aunque la ley se modifique y se corrija el error que ha permitido las rebajas, a los condenados mientras no se haga el cambio y a los que recurran sus condenas no se les podrá aplicar la modificación. Solo podrán ser condenados con la eventual modificación los nuevos delincuentes, es decir, quienes cometan agresión sexual tras la entrada en vigor de la corrección.

La salida de este embrollo, que perjudicará a las víctimas, será seguramente la revisión de la ley cuando el Tribunal Supremo fije la jurisprudencia en los recursos de condenados que está a punto de estudiar. Arreglar el entuerto es imprescindible para que los ciudadanos no dejen de confiar en la justicia que protege a las víctimas de la violencia sexual y porque la ley de solo sí es sí es una buena ley que, entre otras mejoras, basa las relaciones sexuales en el consentimiento positivo.