Carme Forcadell, expresidenta del Parlamento de Cataluña, en el Tribunal Supremo / EFE

Carme Forcadell, expresidenta del Parlamento de Cataluña, en el Tribunal Supremo / EFE

Política

Los dos niveles de independentismo en el Parlament: Forcadell vs. Torrent

El presidente de la cámara catalana mantiene todas sus actuaciones dentro de la legalidad mientras que su predecesora en el cargo se extralimitó en sus funciones en más de diez ocasiones

26 junio, 2019 00:00

El discurso que formuló Carme Forcadell como nueva presidenta del Parlament tras las llamadas elecciones plebiscitarias del 27 de septiembre de 2015 fue toda una declaración de intenciones de lo que iba a ser una legislatura controvertida. Forcadell culminó su primera comparecencia en la sesión constitutiva de la Cámara catalana con un “viva la república”.

Este primer hecho encendió las alarmas no solo de los partidos de la oposición sino también de los letrados del Parlament que, por experiencia, eran conscientes de que la tradición exigía un mínimo de neutralidad para el cargo. En aquel momento se acordaron de cuando Gregorio Peces-Barba decidió no ejercer su derecho de voto cuando fue presidente del Congreso para enfatizar la imparcialidad que representa la figura.

Torrent se mantiene en la legalidad

Aunque esta primera decisión de Forcadell no forzaba la legalidad, fue el preludio de una serie de medidas que recaían en la presidenta de la Parlament y que vulneraron las competencias del órgano que presidía. Unas decisiones que Roger Torrent no ha repetido cuando evitó como presidente de la cámara catalana que se invistiera a Puigdemont a distancia o, este martes, al frenar con su abstención la tramitación de una ILP a favor de la declaración unilateral de independencia.

Las actuaciones de Forcadell desde su nombramiento como presidenta del Parlament, en cambio, la han llevado a ser procesada en el Tribunal Supremo por rebelión y desobediencia. ¿Cuáles han sido las más destacadas?

1. Presentó alegaciones en lugar de los letrados

El Parlament aprobó la Resolución 1/XI el 9 de noviembre de 2015, considerado el acto fundacional de la república catalana. Así lo vio el mismo Tribunal Constitucional cuando la declaró inconstitucional y nula. Previamente a ello, el Constitucional ya había comunicado al Parlament que la resolución quedaba suspendida. También se advirtió a la Mesa y al secretario general de su deber de acatar la suspensión decretada y de paralizar o impedir cualquier nueva iniciativa que pudiera significar un incumplimiento de la misma.

La sentencia 259/2015, del 2 de diciembre, refleja que la Cámara autonómica se atribuía unos poderes de los que no dispone de acuerdo con el Estatut y la Constitución. El entonces letrado mayor del Parlament Antoni Bayona asegura en su libro No todo vale que “cuando se impugna la resolución no hay ningún letrado de la cámara dispuesto a redactar alegaciones en su defensa” y que será la misma presidenta del Parlamento “la que presentará un escrito de marcado contenido político ante el TC". "El secretario general y yo mismo la ayudamos en lo que podemos, pero le decimos que no podemos firmarlo”, añade. 

2. Corresponsabilizar a los letrados

La oposición intentó presentar solicitudes de reconsideración contra la admisión a trámite de la proposición para evitar que fuera debatida y aprobada por el Pleno. Las discusiones de la Mesa y la Junta de Portavoces fueron muy tensas. 

La presión llegó hasta el punto de “trasladarnos la sensación e inquietud de hacernos también a nosotros corresponsables de la tramitación de la resolución”, añade Bayona en su obra.

3. Incumplió las advertencias del Constitucional

La decisión del Constitucional de suspender la Resolución 1/XI del Parlament incluía la advertencia a los miembros de la Mesa del deber de impedir o paralizar cualquier nueva iniciativa que pudiera suponer ignorar o eludir los efectos de dicha suspensión. La Mesa que presidía Forcadell encargó un informe a los servicios jurídicos para argumentar que la Mesa podría dar trámite a cualquier iniciativa que cumpliera los requisitos formales que establece el Reglamento del Parlamento, sin tener que entrar a valorar su contenido

Pero, según Bayona, el informe no gustó a la mayoría de los miembros de la Mesa porque otorgaba la razón al Constitucional sobre la prohibición de no reiterar o insistir de manera voluntaria y consciente en aquello que el tribunal ya ha dicho que era “inconstitucional y nulo”.

4. Primer acto de desobediencia

El 26 de enero de 2016 se constituyó la Comisión de Estudio del Proceso Constituyente. Una iniciativa que situaba al Parlament en una posición delicada, puesto que la creación de dicha comisión podía entenderse como un primer acto de desobediencia de la sentencia 259/2015, que había anulado la Resolución 1/XI del Parlament. JxSí y CUP quisieron que dicha comisión fuera legislativa. Esto encendió las alarmas ya que una comisión legislativa tiene como principal finalidad proponer textos normativos con efectos jurídicos plenos. Finalmente, el grupo parlamentario de CSQP propuso que fuera una comisión de estudio. Los letrados no dudaron en aconsejar que era mejor optar por una comisión de estudio que legislativa.

La comisión de estudio analiza un tema, elabora un informe y unas conclusiones que después eleva a la Mesa del Parlamento. La aprobación de las conclusiones abrió un nuevo conflicto con el Constitucional. Lo fundamental de la advertencia era que se dirigió a la Mesa para que no llevara las conclusiones a la aprobación del Pleno. El peso de la decisión recaía únicamente en la presidenta, la que dirige el pleno, y tenía que decidir si aceptaba o no que se ampliara el orden del día para incluir el debate y la votación de las conclusiones de la comisión de estudio. Ni el secretario general ni el letrado mayor tenían capacidad de impedirlo, pero le advirtieron. El problema con el que se encuentran es que tuvieron que dar el aviso en el mismo Pleno, cuando se decide sobre la marcha si se amplía el orden del día. “Acordamos con la presidente que, cuando ocurra, le entregaremos el documento para que lo lea ante el Pleno”, esgrime el ex letrado mayor en su libro.

5. Ampliación del orden del día

En el Pleno del 26 de julio de 2017 se votó la ampliación del orden del día y se debatieron y aprobaron las conclusiones de la comisión de Estudio. Con la lectura pública del documento de los letrados, es la primera vez que unos funcionarios del ente hacen una advertencia como esta. El Gobierno central presentó un nuevo incidente de ejecución y se pide al Tribunal Constitucional que dé traslado a la Fiscalía sobre la eventual responsabilidad en que pudiera haber incurrido la presidenta por incumplir las resoluciones del TC. Es lo que se conoce como deducir testimonio de particulares y el día siguiente el ministerio público presenta querella por desobediencia

“Se trataba de tramitar una ley de una gran trascendencia política por un procedimiento parlamentario que necesariamente iba a limitar el debate, la transparencia y los derechos de la oposición”, afirma el letrado.

6. Se reafirma la vía unilateral

En la resolución de la Comisión de Estudio del Parlament (Resolución 263/XI) se reafirmaba que no hay otra vía para ejercer el derecho a decidir que la desconexión del Estado por la vía unilateral y la necesidad de poner en marcha un proceso constituyente propio. También declaraba que ningún otro poder ni tribunal podrá controlar las leyes de desconexión ni tampoco las decisiones que adopte la futura asamblea constituyente. 

De acuerdo con Bayona, “la inviolabilidad protege el discurso político y el voto en sí mismo y cualquier otro acto de los diputados realizado en función del cargo”. Sin embargo, en el caso de la presidenta del Parlament “puede haber más margen de discusión cuando se trata de decisiones que no se adoptan en condición de simple diputado, sino en ejercicio de cargos parlamentarios que implican desempeñar funciones de ordenación y dirección de los debates”.

7. Nueva querella de Fiscalía

El debate de Política General de después del verano representa una nueva ocasión para el bloque independentista para ratificar y desarrollar los contenidos de la Resolución 1/XI y las conclusiones de la Comisión de Estudio, pese a haber sido suspendido y anulado por el Constitucional. Se aprovechó la sesión para concretar la convocatoria de un referéndum. Quedó reflejado en la nueva Resolución 306/XI, del 6 de octubre de 2016, que reiteraba el derecho de Cataluña a la autodeterminación y de hacer un referéndum en septiembre de 2017.

El Gobierno central impugnó los apartados de la resolución que se referían explícitamente al referéndum de independencia y el proceso constituyente. Esta impugnación puso de nuevo a Forcadell en una situación crítica y al resto de miembros de la Mesa que habían acordado la admisión a trámite de la propuesta ya que el Constitucional no solo anuló los apartados impugnados, sino que lo vio como un nuevo incumplimiento de sus resoluciones anteriores. La Fiscalía presentó una nueva querella

8. Ley de Presupuestos

La Ley de Presupuestos establecía que el Govern dentro de sus disponibilidades presupuestarias para el año 2017 tenía que habilitar las partidas necesarias para garantizar la organización y la realización del proceso referendario sobre el futuro político de Cataluña. 

Los letrados advirtieron de que el texto del proyecto de ley y la enmienda de la CUP (que explicitaban que era para un referéndum) presentaron problemas. Finalmente el texto se aprobó con la incorporación de la enmienda de la CUP. 

9. Intentó que el letrado mayor dimitiera

La presidenta del Parlament dio a entender al entonces letrado mayor del Parlament que debía presentar su dimisión debido a un artículo académico que publicó en la Revista Catalana de Dret Públic en el que analizaba jurídicamente cómo se había desarrollado el proceso político catalán desde la primera Declaración de Soberanía del año 2013. Sus conclusiones fueron vistas como una afrenta por los diputados independentistas.

“[Forcadell] me sugirió que como ya había expresado tiempo atrás mi interés en renunciar a mi cargo de letrado mayor, aquel podía ser el momento oportuno para hacerlo”, admite en su libro.

10. Caso omiso a la Comisión de Venecia

En la carta de la Comisión de Venecia había un advertencia muy seria sobre la precariedad del referéndum tal y como lo planteaba la Generalitat. De acuerdo con el ente supranacional los requisitos para que tuviera reconocimiento internacional eran contar con el acuerdo de las autoridades españolas y que se realizase de conformidad con la Constitución y la legislación aplicable. 

Ni Forcadell como presidenta del Parlament ni el Ejecutivo hizo caso a dichas advertencias.

11. Un reglamento a su medida

En el pleno del 26 de julio de 2017 que se votó la ampliación del pleno y la aprobación de la tramitación las leyes de desconexión por lectura única se modificó el reglamento del Parlament a medida del bloque independentista: JxSí y la CUP presentaron una iniciativa para reformar reglamento en lo tocante al procedimiento legislativo de lectura única. Pero si la iniciativa provenía de de los grupos parlamentarios, el reglamento de la cámara vigente en aquel momento exigía que la ejercieran todos. La solución fue reformar reglamento para permitir a un solo grupo parlamentario activar el procedimiento de lectura única.

La reforma del reglamento fue impugnada por el Gobierno de Mariano Rajoy y suspendida por el Constitucional el 31 de julio. Una vez suspendida, sin embargo, los dos partidos independentistas recurrieron al antiguo reglamento, que permite introducir nuevos puntos en el orden del día en un pleno después de haberse convocado, para tramitar las leyes de desconexión que se aprobaron en los célebres plenos del 6 y 7 de septiembre de 2017.