El presidente de la Generaliat, Quim Torra, durante la reunión semanal del ejecutivo catalán / EFE

El presidente de la Generaliat, Quim Torra, durante la reunión semanal del ejecutivo catalán / EFE

Política

Los juristas creen que la defensa de Torra es propia de un “Estado totalitario”

Rechazan que el 'president' esté por encima de los jueces de la Junta Electoral Central y recuerdan que la Sindicatura Electoral catalana creada por la ley del referéndum "era irrecurrible"

20 noviembre, 2019 00:00

Quim Torra reincide en su desafío. El presidente catalán ha presentado un recurso de súplica ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que le juzgó el lunes, en el que reitera que su cargo está por encima de los jueces de la Junta Electoral Central (JEC). Éstos le denunciaron por desobediencia tras negarse a retirar símbolos independentistas de los edificios de la Generalitat. Juristas consultados por Crónica Global cuestionan ese criterio, aseguran que su estrategia de defensa es propia de estados totalitarios y se enmarca en su pulso independentista.

El recurso presentado por la defensa de Torra se dirige contra la decisión del magistrado presidente de la sala, Jesús María Barrientos, de rechazar la presentación de cuestiones prejudiciales al final del juicio, lo que “causa indefensión”.

Exterior del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en Luxemburgo / EFE

Exterior del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en Luxemburgo / EFE

Gonzalo Boye y Isabel Elbal, letrados del acusado, pidieron a los magistrados que plantearan cinco cuestiones prejudiciales al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, referidas a la imparcialidad de los miembros del tribunal que deben dictar sentencia sobre Torra y a la posibilidad de condenarle a una inhabilitación que afecte a su derecho a ser elegido para ejercer cargos europeos. En el escrito, cuestionan de nuevo que la JEC tenga potestad para dictar resoluciones contra el presidente catalán.

"Argumentos políticos"

“Puede ser un argumento interesante para su defensa decir que no hay desobediencia porque la JEC no es una autoridad judicial ni una autoridad jerárquicamente superior a la suya en el plano administrativo”, explica Xavier Arbós, catedrático de Derecho Constitucional de la Universitat de Barcelona (UB).

Los abogados Gonzalo Boye e Isabel Elbal / 324

Los abogados Gonzalo Boye e Isabel Elbal / 324

No obstante, aclara, “no creo que tenga sentido que afirme que él está por encima de la Junta. De ninguna manera lo está en el plano jurídico. Puede pensarlo en términos políticos, al tener una legitimidad democrática de la que carece la JEC. Pero eso no es así desde el punto de vista jurídico”.

"Propio de dictadores"

El abogado y expresidente del Consejo de la AbogacíaPere Lluís Huguet, se muestra muy crítico con los argumentos de la defensa de president. “Torra se arroga una función que es la de interpretar las leyes que en un Estado de derecho está atribuida a los jueces y tribunales. Que el Ejecutivo se atribuya esa función es propia de los Estados totalitarios, y que se la atribuya una persona es propio de dictadores”.

La Junta Electoral, explica, tiene como función “velar por que los procesos electorales se desarrollen limpiamente y sus decisiones están sometidas a los tribunales”. Recuerda que “la ley del referéndum creaba una sindicatura electoral compuesta por personas designadas por la mayoría parlamentaria que ellos ostentaban y sus decisiones eran irrecurribles ante los tribunales un buen ejemplo de Estado totalitario que ahora se le ha olvidado a Torra”.

"Manifestación sectaria"

La abogada y exjuez María Jesús Hernández Elvira también expresa su indignación respecto al juicio celebrado el lunes en el TSJC. ¿Puede considerarse desacato la actitud mantenida por Torra ante los magistrados? “Desacato no. Lo que hubo fue una manifestación sectaria de una creencia irracional sin fundamento jurídico alguno. Fue un insulto a la inteligencia del tribunal, pero lamentablemente ya nos vamos acostumbrando”.

Respecto a las cuestiones prejudiciales planteadas por Boye y Elbal en la vista, y ahora en el recurso presentado, afirma la abogada que “se trata de una argucia más. Las cuestiones previas que regula la Ley de Enjuiciamiento Criminal no están para alegaciones de este tipo, y no considero que sea vulneración de derecho fundamental alguno”.

Para Helena Torroja Mateu, profesora agregada de Derecho Internacional Público de la Universidad de Barcelona (UB), resulta obvio que el mandatario catalán “debe obedecer a la JEC”, pues “es un órgano superior del Estado que está por encima por encima del poder ejecutivo autonómico”. Y entiendo que “no reconocer su autoridad no es más que otro un elemento de su actitud revolucionaria contra los poderes estatales constitucionales”.