Cisma en la abogacía catalana a las puertas del juicio del 1-O
La Sección de Derecho Constitucional del Colegio de Abogados de Barcelona acusa al Consejo de la Abogacía de "ningunear a la Justicia española" por defender la presencia de observadores
7 febrero, 2019 00:00En un durísimo comunicado, la Sección de Derecho Constitucional del Colegio de Abogados de Barcelona arremete contra el Consejo de la Abogacía Catalana (CICAC) por animar a los letrados a acudir como observadores al juicio del procés que se reanuda el próximo día 12. Considera que, con esta iniciativa, el CICAC pretende “ningunear la credibilidad” de la Justicia española.
El pasado día 1, el Tribunal Supremo hizo público un comunicado un auto en el que rechazaba la petición de los abogados defensores de reservar un espacio específico para observadores nacionales e internacionales de la plataforma International Trial Watch, pues según indicaba el alto tribunal, el juicio se televisará en directo y a través de la propia web del tribunal. Representantes de esa plataforma International --formada por Col·lectiu Praga, la Associació Catalana per la Defensa dels Drets Humans, el Institut dels Drets Humans de Catalunya, Novact, Iridia y el Observatorio del Sistema Penal-- insistieron y solicitaron una entrevista personal con el presidente de la Sala Penal, Manuel Marchena, quien ha rehusado también esa petición.
Acto organizado por el Col.lectiu Wilson y Drets en el Colegio de Abogados para pedir la liberación de los presos del independentismo
Sostiene International Trial Watch que “las actuaciones judiciales llevadas a cabo hasta el momento y los hechos descritos en las acusaciones han llevado tanto a las defensas, como a juristas españoles y organizaciones internacionales, a cuestionar que el proceso se haya desarrollado con el debido respeto a los derechos fundamentales”.
La idea de enviar observadores al juicio del 1-O es secundada por Ignasi Puig, presidente del CICAC --entidad que representa a los 14 colegios de abogados catalanes y reúne a más de 40.000 letrados--, quien ha dictado una serie de instrucciones para que los abogados interesados puedan acudir como observadores.
Elaboración de un informe final
Según el escrito del CICAC, al que ha tenido acceso Crónica Global, las Comisiones de Derechos Humanos del CICAC "coordinarán la presencia de abogados y abogadas que harán de observadores al juicio el Tribunal Supremo, debidamente acreditados por el CICAC”.
Los observadores “acreditarán ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo que reservará lugar para un máximo de 3-4 observadores en cada sesión. “Será imprescindible que entre las tres o cuatro personas asistentes una de ellas sea especialista en derecho penal” y lo harán “a nivel personal”. Por ello “no podrán, en ningún caso, hacer declaraciones o manifestaciones en nombre y/o representación del CICAC”.
El Consejo exige el compromiso de “elaborar un informe escrito sobre el desarrollo de la sesión del juicio, que servirá para elaborar, al final, un Informe General”.
La decana del Colegio de Abogados de Barcelona, Maria Eugènia Gay, y Carles Puigdemont, en una reunión de la comisión de mediación
Las solicitudes se canalizarán “a través de las Comisiones de Derechos Humanos de cada uno de los Colegios”. En el Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona (ICAB) se vehicularán “a través de la Comisión de Defensa”. Se da la circunstancia de que este órgano defendió tiempo atrás que la autodeterminación de Cataluña "es un derecho inalienable". Por ello apoyó la convocatoria del referéndum del 1-O. El equipo de gobierno del ICAB precisa que los posicionamientos de las comisiones no reflejan el sentir general de la institución que, aseguran, defiende la pluralidad.
Los precedentes
Otra comisión del ICAB, en este caso la Sección de Derecho Constitucional de la Comisión de Cultura, ha emitido un duro comunicado en el que se desmarca del CICAC. En este sentido, recuerda las iniciativas impulsadas por el Consejo de la Abogacía durante el procés. Así, el 3 de octubre de 2017, el CICAC “solicitó una Mesa de Diálogo entre el Gobierno de España y el Gobierno de la Generalitat. El 26 de marzo de 2018 reprochó alguna de las actuaciones del Tribunal Supremo, solicitó que la política dejase de ser judicializada, que no se hiciera un uso abusivo del derecho, y se posicionó, en contra de la medida de prisión provisional acordada, por considerarla inconveniente y desproporcionada”. Más recientemente, el 31 de enero, la corporación catalana “solicitó la acreditación de 12 observadores para el juicio contra el proceso soberanista, y el 4 de febrero, Ignasi Puig, presidente del CICAC, declaraba que no hay delito de rebelión y que la acusación del Ministerio Fiscal es un relato creado desde la Fiscalía que no comparte”.
Ante estas noticias, “la Sección de Derecho Constitucional considera un deber jurídico, histórico y moral no permanecer impasible”, y ratifican sus declaraciones de septiembre de 2017, en las que pidieron “respeto al Estado de Derecho regulado en la Constitución” porque, avisaron, “una sociedad democrática se desmorona si no se respeta el Estado de Derecho, y los Derechos Fundamentales que a todos amparan y protegen sin distinción”.
Respeto a la ley
Por ello, “esta sección se distancia de las declaraciones del CICAC, y desde una perspectiva jurídica, afirma que, en un Estado democrático, solo hay un posicionamiento posible, que es el respeto a la ley y al Estado de Derecho”. Entiende que “no es competencia de unos órganos representativos de toda la Abogacía Catalana realizar declaraciones que pueden implican un posicionamiento ideológico, cuando el colectivo de Abogados es plural y diverso. Por el contrario, considera legítimas las valoraciones u opiniones que se realicen a título individual, en el libre ejercicio del Derecho de Libertad de Expresión”.
La Sección del ICAB destaca “la importancia y el respeto obligado al Derecho a la Presunción de Inocencia; el Derecho de Defensa; el Derecho a tener un juicio justo, por los procedimientos legales previamente establecidos; el Derecho a la interposición de recurso y a la doble instancia. Estas normas, están reguladas en la Constitución y en el Convenio Europeo de los Derechos Humanos y su vulneración puede ser recurrida ante el Tribunal Europeo de los Derechos Humanos como última instancia”.
Garantías procesales
“Existiendo las garantías procesales y jurídicas para realizar un juicio justo, nuestro poder judicial merece el máximo respeto, y pretender ningunear su credibilidad con la solicitud de observadores ante el juicio del procés es hacer un flaco favor a la Justicia”. Por ello comparte el criterio del Supremo, en el sentido de considerar “garantía más que suficiente la celebración de juicio público, que puede ser visualizado, por parte de todos los ciudadanos. Todos vamos a poder ser observadores, sin que nadie nos lo explique. Consideramos que los abogados no podemos cuestionar ni deslegitimar al Tribunal juzgador, poniendo en duda su imparcialidad. Hacerlo supone un posicionamiento político y no jurídico”.
Por todo ello “solicita respeto para el Poder Judicial y todos los operadores jurídicos, y fundamentalmente para la sentencia que se dicte. Eso significa fortalecer el sistema democrático y por ende nuestro Estado de Derecho”.