El Gobierno y el Parlament ponen al Constitucional en una encrucijada por la ILP independentista
- Los jueces debaten la admisión del recurso de los socialistas contra la tramitación de una iniciativa legislativa popular destinada a declarar la independencia de Cataluña
- El asunto es complicado a pesar de la amplia doctrina constitucional sobre el procés; el tribunal quitó la razón al Ejecutivo por el plan Ibarretxe del País Vasco en 2003
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El Tribunal Constitucional (TC) debate en un pleno que arranca el martes 9 de abril si admite el recurso interpuesto por el Gobierno contra la tramitación en el Parlament de la iniciativa legislativa popular (ILP) para declarar la independencia de Cataluña.
En caso de entrar a valorar el fondo de la cuestión, los magistrados dictarán su suspensión cautelar automática. Y pese a tratarse de un recurso del Gobierno y de la amplia doctrina constitucional respecto del procés independentista catalán, fuentes jurídicas adelantan que "el asunto no es nada sencillo". Es por ello que se prevé un largo debate, cuya ponencia recae sobre el magistrado conservador Enrique Arnaldo.
Sin suficientes precedentes
El caso tiene la particularidad de que no es un recurso de inconstitucionalidad contra una ley sino un recurso de impugnación de disposiciones autonómicas sin fuerza de ley, cuyo objeto es el acuerdo de la mesa del Parlament de admitir a trámite la iniciativa legislativa popular.
Las fuentes destacan a EFE que se trata de "un procedimiento escasamente utilizado", "sin apenas precedentes" y se remiten para ello a la admisión a trámite por la mesa de la asamblea del País Vasco del proyecto de reforma del estatuto, el llamado plan Ibarretxe.
El TC quitó la razón al Gobierno con el plan Ibarretxe
En 2003, el Gobierno de José María Aznar impugnó el acuerdo de la Mesa que inició la tramitación del plan Ibarretxe y pidió su suspensión inmediata al entender que vulneraba la Constitución, el Estatuto de Autonomía y el Reglamento del Parlamento vasco.
Pero el TC inadmitió el recurso del Ejecutivo por siete votos a cinco al alegar que el plan se encontraba en trámite parlamentario y aún no era "una resolución, disposición o acto" integrado en ordenamiento jurídico. Además, el TC explicó que si pudieran declararse antijurídicos no sólo normas, sino "simples proyectos de normas" o la "sola intención de producir normas" sería imposible acometer reformas legales.
La justificación del Gobierno
El pasado 26 de marzo, el ministro de Justicia, Félix Bolaños, señaló que este recurso "es absolutamente coherente" con la política del Gobierno de Pedro Sánchez porque este recurso "protege la Constitución, las instituciones de Cataluña y protege el diálogo, los acuerdos y que seamos capaces de entendernos".
Y añadió que el Ejecutivo va en contra de cualquier iniciativa "que sea divisiva, fracture la sociedad y genere tensión" como cree que ocurriría con la tramitación de esta ILP, que también ha sido recurrida ante la corte de garantías por el PSC.
Dimisión de tres jueces del Parlament
La Mesa del Parlament admitió a trámite el pasado mes de febrero esta iniciativa promovida por Solidaritat Catalana per la Independència (SI), con los votos a favor de Junts y la CUP, la abstención de ERC y el voto en contra del PSC y a pesar del informe consultivo negativo de un letrado. Sus promotores deben reunir al menos 50.000 firmas para que su iniciativa salga adelante y llevarla a debate en el pleno del Parlament.
Como resultado, los tres magistrados del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) de la comisión de control de la iniciativas legislativas populares (ILP) del Parlament presentaron su dimisión. Se trata del presidente de la comisión y magistrado de la sala de lo contencioso-administrativo, Francisco José Sospedra; el magistrado de la misma sala Xavier Bonet; y la magistrada de la sala de lo social del TSJC Amparo Illán.