La piedra angular del ‘caso Macedonia’: ¿Eran los narcos confidentes o socios del mosso acusado?
El abogado del subinspector Ranea incide en que los superiores de su defendido estaban al corriente de la relación que mantenía con dos narcotraficantes
24 enero, 2022 13:48Una semana después de lo que estaba previsto, este lunes ha arrancado la primera sesión del acto de juicio oral del caso Macedonia en la Audiencia Provincial de Barcelona, en el que se juzga a 17 personas por su presunta pertenencia a un grupo criminal dedicado al tráfico de estupefacientes en el Baix Llobregat. Uno de los implicados en esta macrocausa --que pretendía destapar un escándalo de corrupción policial en Cataluña-- es Josep Ranea, el que fue subinspector de los Mossos d’Esquadra en Vilanova i la Geltrú y único agente de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado que continúa imputado.
La piedra angular del juicio del polémico caso de corrupción policial y narcotráfico pasa por demostrar si Núñez y Crespo, dos de los narcotraficantes que operaban al servicio de Gutiérrez Carbajo, el cabecilla del grupo, eran confidentes del subinspector o si por el contrario este se lucraba del negocio ilícito proporcionándoles información confidencial a la que tenía acceso por su condición de policía.
La versión de la DAI
Este lunes ha comenzado a declarar en calidad de testigo el Jefe del Área de Investigación Interna de los Mossos d’Esquadra (DAI), la división encargada de las investigaciones de posibles ilícitos cometidos por los agentes de la policía autonómica. El testigo ha explicado que en 2010 el Juzgado número 1 de Barcelona le encomendó una investigación sobre un grupo dedicado al tráfico de estupefacientes en el que habría un par de agentes implicados. Paralelamente, el Juzgado número 3 de Gavà les informó de que existía otra causa por los mismos hechos después de que la Guardia Civil abriera una investigación.
“Nosotros no teníamos ningún interés en investigar a un grupo dedicado al narcotráfico. Nuestra finalidad en este caso era saber si había miembros de Mossos que estuvieran proporcionando datos policiales que pudieran entorpecer las investigaciones de otros cuerpos o del nuestro. Es decir, investigábamos delitos de revelación de secretos y de omisión del deber de perseguir delitos”, ha detallado.
Las escuchas telefónicas
En el marco de esta investigación, la DAI decidió pinchar los teléfonos del subinspector Josep Ranea y del cabo Mauricio Llopis. Durante las escuchas, el testigo ha admitido que enseguida se dieron cuenta de que estaban ante un delito contra la salud pública. Al inicio creyeron que Crespo y Barti, dos de los imputados, ostentaban el liderazgo de la organización y que de ellos se derivaban las sustancias hasta llegar a los camellos, el último escalafón, encargados de efectuar la distribución. Sin embargo, poco tiempo después descubrieron que el verdadero cabecilla era en realidad Manolo Gutiérrez Carbajo, al que Núñez y Crespo estaban subyugados.
En este punto es donde el jefe de la DAI establece una primera conexión entre estos dos sujetos y el subinspector de los Mossos Josep Ranea. Según su declaración ante el juez, y en la misma línea que la calificación de la Fiscalía, el mosso les facilitaba información de bases de datos policiales y les hacía favores a cambio de contraprestaciones como interceder en sus detenciones, ofrecerles datos relativos a la investigación o intentar que accedieran al cuerpo policial autonómico.
¿Qué recibió Ranea?
Lo que no ha quedado probado, por el momento, es la contraprestación que Ranea habría percibido por estos “favores”. El jefe de la DAI ha sugerido que podría haber cobrado algunas cantidades de dinero imprecisas, de lo que se desprende de las escuchas telefónicas. El otro beneficio al que ha hecho referencia el testigo son unas pastillas adelgazantes que Núñez suministraba al subinspector sin necesidad de que este aportara una receta en la farmacia.
La defensa del subinspector Ranea, el letrado Fuster Fabra, mantiene que tanto Núñez como Crespo eran confidentes del imputado y alega que lo que se produjo entre ellos no fue un intercambio de información, sino que la relación era la habitual entre la policía y sus colaboradores. El abogado ha asegurado que Ranea informó a sus superiores de estos contactos y se ha quejado de que la DAI no incluyera en los informes entregados al juzgado estas conversaciones. “¿Tiene dudas de que fueran sus confidentes?”, le ha espetado Fuster Fabra al jefe de la división. “No”, ha concluido el testigo. “No hay más preguntas”, ha cerrado su interrogatorio.
Cinco acusados admiten los hechos
Al inicio de la jornada, cinco de los 17 acusados han aceptado la sentencia de conformidad propuesta por el Ministerio Fiscal. Los cinco acusados, para los que se solicitaban las penas más bajas, han reconocido la autoría de los hechos de los que se les acusa así como la pena que se les solicita. A cambio, la Fiscalía ha rebajado la condena de los cuatro años a los dos, por lo que no ingresarán en prisión.
Con esta decisión, los cinco acusados que pertenecían al eslabón más bajo de este grupo criminal dedicado al tráfico de estupefacientes, eludirán la cárcel. Pero además, el hecho de reconocer los hechos supone que otorgan credibilidad a la versión expuesta por la Fiscalía. Sin embargo, al tratarse de meros colaboradores, persiste la duda de hasta qué punto conocían a quienes estaban en la parte más alta de la pirámide.