La tramitación de las leyes de desconexión vulneró el derecho de participación, según el TC
El alto tribunal estima por unanimidad los recursos de amparo presentados por Ciudadanos contra las leyes del referéndum de autodeterminación y de transitoriedad jurídica de septiembre de 2017
2 abril, 2019 15:22El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha declarado que los acuerdos del pleno y la mesa del Parlament de Cataluña de 2017 que tramitaron las leyes del referéndum de autodeterminación y de transitoriedad jurídica --conocidas también como leyes de desconexión-- vulneran el derecho de participación política de Ciudadanos.
Así lo establece el alto tribunal en dos sentencias en las que por unanimidad estima los recursos de amparo presentados por varios diputados del grupo parlamentario de la formación naranja y declara que su derecho de participación política ha sido vulnerado por los acuerdos de 6 y 7 de septiembre de 2017 que tramitaron las leyes referidas.
Se suprimieron los trámites parlamentarios
El Constitucional subraya que "los acuerdos del Pleno del Parlament alteraron el orden del día de la sesión de dicho órgano y suprimieron todos los trámites reglamentarios y legales preceptivos para permitir que la citada proposición de ley fuese directamente sometida a debate y votación".
Además, "el acuerdo de la Mesa del Parlament, denegó al Grupo Parlamentario de Ciudadanos el traslado de la solicitud del dictamen del Consejo de Garantías Estatutarias", lo que "se realizó fuera de toda previsión del Reglamento del Parlamento de Cataluña y del resto del ordenamiento aplicable".
Vicios de procedimiento
El TC justifica su decisión al considera que hubo "vicios de procedimiento en la tramitación parlamentaria de la ley, al articular un insólito procedimiento legislativo no previsto en el reglamento de la cámara".
"La mayoría se sirvió para improvisar y articular ad hoc un insólito cauce en cuyo curso quedaban por entero a su arbitrio las posibilidades de intervención y los derechos del resto de los grupos y diputados", añade.
Vulneración de los derechos de las minorías
Por otra parte, el alto tribunal señala que en la tramitación parlamentaria de dichas leyes "se incurrió en muy graves quiebras del procedimiento legislativo, que afectaron sin duda a la formación de la voluntad de la cámara, a los derechos de las minorías y a los derechos de todos los ciudadanos a participar en los asuntos públicos mediante representantes”.
En conclusión, la sentencia, redactada ahora por la Magistrada Encarnación Roca, considera que la adopción de los acuerdos objeto del presente recurso de amparo determinó la supresión de una serie de trámites en el procedimiento legislativo que condujo a la aprobación de la ley fuera de toda previsión del Reglamento del Parlamento de Cataluña y que afectó a las facultades que integran el ejercicio de la función legislativa de los recurrentes que forma parte del núcleo de su función representativa parlamentaria.