El Rey, entre Carlos Lesmes, presidente del Tribunal Supremo y Carles Puigdemont, ex presidente de la Generalitat e impulsor de una Justicia catalana independiente / EFE

El Rey, entre Carlos Lesmes, presidente del Tribunal Supremo y Carles Puigdemont, ex presidente de la Generalitat e impulsor de una Justicia catalana independiente / EFE

Política

Las raíces étnicas de la justicia catalana

La ley de transitoriedad y el 'Libro Blanco' de la independencia contemplaban el control político de los jueces como se hace en Alemania, con más condenas del Tribunal de Estrasburgo que España

8 noviembre, 2018 00:00

Quim Torra solicitó comparecer en el Parlament con una sola finalidad: denunciar el “descrédito de la justicia española” tras la polémica sentencia del Tribunal Supremo sobre las hipotecas y las resoluciones europeas sobre los casos Valtonyc y Otegi.

El presidente catalán amenazó, asimismo, con una campaña internacional contra los tribunales de un “Estado opresor”. En sus réplicas, la oposición siempre ha recordado a los independentistas el poder absoluto sobre los jueces que contemplaba la ley de transitoriedad jurídica y fundacional de la república. La norma, que estaba llamada a construir la arquitectura jurídica del nuevo Estado catalán, fue suspendida por el Tribunal Constitucional, pero evidenció el modelo de justicia concebido por el Gobierno autonómico, presidido entonces por Carles Puigdemont.

Un modelo basado en una tesis casi étnica, según la cual la separación de poderes se podía relativizar porque, al igual que Alemania --país de referencia para los ideólogos de la nueva justicia catalana-- existía una cultura política y social diferente. Curiosamente, el país germano tiene más condenas del Tribunal de Estrasburgo que España, 16 frente a 6 el año pasado.

Las recomendaciones de un exvicepresidente del TC

En efecto, la citada ley de transitoriedad se basa en el capítulo del Libro Blanco de la independencia dedicado al poder judicial, coordinado por el Consejo Asesor para la Transición Nacional, organismo presidido por el exvicepresidente del Tribunal Constitucional Carles Viver Pi i Sunyer. Según el artículo 67 de esa ley de ruptura, aprobada en las convulsas sesiones parlamentarias de los días 6 y 7 de septiembre, el futuro “fiscal general de Cataluña” sería nombrado por el Parlament a propuesta del “presidente de la república”. Asimismo, el cargo de presidente del “Tribunal Supremo de Cataluña” (TSC) sería propuesto por una Comisión Mixta de la Sala de Gobierno del Tribunal, integrada por el consejero de Justicia, cuatro miembros de la Sala de Gobierno del TSC y cuatro personas designadas por el Govern.

Según el artículo 36, “el presidente o presidenta de la Generalitat durante su mandato goza de inmunidad, no puede ser detenido o retenido excepto en caso de delito flagrante. Corresponde al Tribunal Supremo de Cataluña decidir sobre la inculpación, el procesamiento y el enjuiciamiento del presidente”.

Sin separación del poderes

En resumen, un Estado catalán en el que no habría separación de poderes. El Consejo Asesor para la Transición Nacional basaba este modelo intervencionista en la experiencia alemana. “Los modelos principales en el derecho comparado son, grosso modo, dos: la atribución de la función de gobierno del poder judicial en un órgano del tipo del Consejo General del Poder Judicial español, independiente del poder ejecutivo, o bien la atribución de dicha función al poder ejecutivo, a través del Ministerio de Justicia”, explicaba el Consejo Asesor.

El ex Comisionado para la Transición Nacional de la Generalitat, Carles Viver i Pi-Sunyer

El ex Comisionado para la Transición Nacional de la Generalitat, Carles Viver i Pi-Sunyer

El ex Comisionado para la Transición Nacional de la Generalitat, Carles Viver i Pi-Sunyer

“En Alemania, por ejemplo, el sistema de gobierno a través del Ministerio federal de Justicia y de los Ministerios de Justicia de los Lander ha funcionado de forma bastante satisfactoria (aunque con problemas puntuales) porque en general los gobiernos han sido capaces de no hacer política a través de la justicia, y porque hay una notable concienciación tanto social como de la clase política en torno a la necesidad de respetar unos mínimos en cuanto a la separación de poderes”, explicaba el Libro Blanco.

Igual que la Hacienda catalana

“A pesar de que el sistema de Consejo parece a priori más garantista respecto de las intromisiones políticas, la experiencia española, y también otros, muestran que no la pueden evitar, incluso cuando ésta era la finalidad esencial que se perseguía con su introducción, después de que durante el siglo XIX y muy buena parte del siglo XX el gobierno del poder judicial hubiera estado en manos del poder ejecutivo”, concluía.

Apelar a una conciencia social “diferente a la española” para asegurar que, en una Cataluña independiente, las cosas funcionarán mejor, también inspiró el modelo de Hacienda propia de los independentistas.

Joan Iglesias Capellas, un inspector de Hacienda española a quien el expresidente Artur Mas encargó sentar las bases de la independencia fiscal --lo hizo hasta que Oriol Junqueras (ERC) asumió la vicepresidencia económica--, plasmó su ideario en el libro Una hacienda a la catalana, donde comparaba el sistema "coercitivo" español con la Hacienda catalana, que se basa en la confianza entre el contribuyente y la Administración. Al estilo de los países nórdicos.