Nueva victoria judicial de la cabo constitucionalista acosada por la cúpula de los Mossos
El TSJC obliga a la Generalitat a devolverle los meses de sueldo que dejó de percibir como consecuencia de varios expedientes anulados
28 julio, 2020 18:30El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha vuelto a sentenciar a favor de la cabo de los Mossos d'Esquadra Inma Alcolea. En esta ocasión, la justicia obliga a la Generalitat a devolverle los salarios que dejó de percibir mientras estuvo 16 meses bajo medidas cautelares por un expediente disciplinario --que caducó y fue reabierto por segunda vez--.
Desde enero de 2017, Alcolea fue objeto de varios expedientes sancionadores abiertos por la Dirección General de la Policía. El motivo de los mismos fue la ideología constitucionalista de la agente, cuya manifestación la llevó a ser perseguida por la cúpula del cuerpo policial.
Tercer triunfo judicial
En febrero de este mismo año, Alcolea ganó otro juicio contra una sanción que el Juzgado Contencioso Administrativo 15 consideró que vulneraba el artículo 24.2 de la Constitución relativo a la presunción de inocencia. Asimismo, el juzgado dictaminó que no se había tenido en cuenta ninguna de las pruebas presentadas por la afectada.
Ese mismo mes, también el TSJC falló a favor de la suspensión cautelar de otra sanción contra la cabo por referirse a la Generalitat como "Genestapo".
Devolución de las retribuciones
Los magistrados establecen que el periodo en que la tuvo inmersa la División de Asuntos Internos no cumplió los requisitos de forma, de motivación ni de tiempo. Como consecuencia de ellos, los expedientes son anulables de pleno derecho y no pueden dar lugar a ningún efecto sobre el empleo y sueldo de la funcionaria.
Por tanto, la sentencia falla el abono de las retribuciones dejadas de percibir, y anula el traslado de la recurrente a otro destino dentro del cuerpo de los Mossos d'Esquadra. Aunque Alcolea se ha costeado el pago de abogados y procuradores, la sentencia no obliga a la Generalitat a pagarle las costas procesales.