La Audiencia Nacional rechaza que la Generalitat sea acusación particular en el 'caso 3%'
Indica que el Govern lo pidió fuera de plazo y que, además, existe una incompatibilidad por su doble condición de investigado y acusador
3 febrero, 2021 16:24La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha rechazado la condición de acusación particular de la Generalitat de Cataluña en la causa del 3%, en la que se investiga la presunta financiación irregular de Convergència (CDC). La Sala considera que el Ejecutivo autonómico pidió la personación fuera del plazo legalmente previsto y que, además, se produce una incompatibilidad porque ha ostentado la doble condición de investigada y acusadora.
Los dos autos notificados este miércoles por este asunto estiman los recursos de apelación presentados por la Fiscalía y por uno de los investigados en esta causa, el exconseller Germà Gordó, contra la decisión del juez instructor José de la Mata de aceptar a la Generalitat como acusación particular.
Presuntos delitos
La investigación de este asunto concluyó el pasado julio, cuando De la Mata propuso juzgar a los exgerentes de CDC Daniel Osàcar, Andreu Viloca y Germà Gordó, al exresponsable jurídico del partido Francesc Xavier Sánchez Vera, así como a otras 28 personas físicas y 16 jurídicas. Les acusa de delitos de organización criminal, fraude a las administraciones públicas, cohecho, tráfico de influencias y blanqueo de capitales en el denominado caso 3% sobre la supuesta financiación irregular de esa formación política.
El magistrado dirigió el procedimiento, además de contra varios cargos políticos y funcionarios de distintas administraciones e instituciones públicas de Cataluña, contra el partido CDC y su principal heredero político, PDECat. También pone bajo la lupa a las sociedades TeyCo, Urbaser, Fundación ACS, Grupo Soler Constructoras o Copisa, entre otras, y archiva la causa para cinco personas físicas y una jurídica.
En sus resoluciones, la Sala de lo Penal recuerda que la personación se solicitó con posterioridad al auto de transformación en procedimiento abreviado, y por tanto fuera del plazo legalmente previsto.
Incompatibilidad por "doble condición"
Además, la Sala añade que concurre una incompatibilidad en la doble condición "pretendiendo la de acusación particular actualmente, teniendo en cuenta los argumentos ofrecidos por el Ministerio Público y demás partes que instan la revocación de las resoluciones, entresacando, a tal efecto, diversas diligencias practicadas relativas a entradas y registros en varias dependencias y requerimientos de información a la institución así como la atribuida condición de investigados a personas que forman parte del Govern, siendo poderosas razones para acoger la revocación instada".
El tribunal explica que aunque pudiera admitirse excepcionalmente la personación fuera de plazo, existe un obstáculo procesal insalvable toda vez que la Generalitat ha ostentado la doble condición de investigada y acusadora. Ello acontece porque dicha institución está integrada por partidos políticos diversos, entre los que está la antigua CDC, formación en torno a la que gira, según la investigación desplegada, la presunta estructura organizativa compuesta por cargos públicos, funcionarios de diversas Administraciones Públicas y empresarios, tendente a financiar al nombrado partido político previo concierto, a cambio de adjudicaciones y subvenciones amañadas y favores personales o colectivos".
Si bien es cierto que la Generalitat, añade la Sala, "goza de personalidad jurídica propia y autónoma de cualquiera de las formaciones políticas que la compone, ello representa un óbice procesal que ha sido puesto de relieve por el Ministerio Fiscal en su recurso". Por todo ello se estiman los recursos y se tiene por no personada en la causa a la Generalitat como acusación particular.