Algunas de las piezas de arte que pertenecen al Monasterio de Sijena / TWITTER

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Artes

Aragón reclama que la Generalitat devuelva ya las pinturas de Sijena

La Audiencia de Huesca confirmó el lunes dicha sentencia y reconoció que las obras no corren peligro en el retorno

7 octubre, 2020 12:53

El gobierno aragonés y el Ayuntamiento de Villanueva de Sijena (Huesca) han solicitado formalmente ante los tribunales que la Generalitat ejecute ya la devolución de las obras artísticas de la Sala Capitular del Monasterio de Sijena.

La reclamación, presentada ante el juzgado oscense que condenó a la Generalitat y al Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC) a retornar las valiosas pinturas murales a su lugar de origen, exige que se proceda a la ejecución provisional de la sentencia sin tener en cuenta el recurso que la Administración catalana ya ha anunciado que presentará.

El traslado no implica peligro

Los representantes legales de ambas instituciones se apoyan en la sentencia de apelación de la Audiencia de Huesca, que no solo confirma la dictada en primera instancia, sino que en su fallo incide en la necesidad de llevar a cabo la ejecución de la orden de devolución de las pinturas.

La Audiencia de Huesca  confirmó que las pinturas podían ser trasladadas en los soportes de madera a los que están adheridas sin sufrir daños, uno de los argumentos por los que el MNAC se negaba a llevar a cabo el retorno de las piezas. Ahora, los letrados que representan a la Diputación General de Aragón y al ayuntamiento oscense señalan que la ejecución provisional de la sentencia "debe continuar" y que los tribunales deben asegurarse de que el retorno de los murales se hace efectivo.

"Notifiquen y háganse las comunicaciones oportunas al juzgado de procedencia para que tenga lugar la ejecución y cumplimiento de lo resuelto", reclaman ambos abogados al Juzgado de Primera Instancia 2 de Huesca.

Sin pronunciamiento definitivo del Supremo

Los letrados se apoyan en el artículo 532 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), que establece que "si se dictase sentencia que confirme los pronunciamientos provisionalmente ejecutados, la ejecución continuará si aún no hubiera terminado, salvo desistimiento expreso del ejecutante". La LEC, además, no condiciona la ejecución provisional a que haya una sentencia firme y definitiva del Tribunal Supremo.

Con ese argumento, el abogado de Sijena, Jorge Español, puntualiza en su escrito que "la tutela judicial efectiva solicitada no ha quedado totalmente satisfecha al no haberse ejecutado la sentencia aquí confirmada". Por esta razón, "debe continuar la ejecución, bien como provisional si esta sentencia es recurrida, bien como definitiva si no lo es", subraya Español.