Imagen de archivo de un encuentro del Consejo de Ministros / EP

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El Gobierno podrá vetar la opa parcial de IFM sobre Naturgy

El fondo australiano presentará una solicitud ante el Ministerio de Industria y el pronunciamiento del Consejo de Ministros condicionará la autorización de la CNMV

26 enero, 2021 12:49

El Consejo de Ministros tendrá la última palabra sobre la opa por el 22,7% de Naturgy anunciada este martes por el fondo IFM. La legislación vigente faculta al Gobierno para vetar operaciones de este tipo por el carácter estratégico del sector en el que opera la compañía española, por lo que el oferente deberá solicitar la pertinente autorización al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.

Esta capacidad del Ejecutivo aparece recogida en la ley sobre el régimen jurídico de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas con el exterior, aprobada a mediados de 2003. Pese a que la normativa consagra la libertad a la hora de realizar transacciones de este tipo, otorga al Gobierno capacidad para suspender este escenario bajo determinados supuestos.

Sector estratégico

En concreto, el artículo 7 del texto legal faculta al Ejecutivo para dejar en suspenso el régimen de liberalización “cuando se trate de actos, negocios, transacciones u operaciones que, por su naturaleza, forma o condiciones de realización, afecten o puedan afectar a actividades relacionadas, aunque sólo sea de modo ocasional, con el ejercicio de poder público, o actividades directamente relacionadas con la defensa nacional, o a actividades que afecten o puedan afectar al orden público, seguridad pública y salud pública”.

De esta forma, al tratarse de un operador relevante de un sector como el energético, el caso de Naturgy entra de lleno en los supuestos contemplados por la normativa. De hecho, IFM ta ha anunciado su intención de presentar la autorización ante el Ejecutivo “tan pronto como sea posible”.

La Moncloa medirá los tiempos

Además, la decisión de la Moncloa condicionará también los tiempos de la operación, toda vez que la autorización de la oferta por parte de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), que IFM deberá presentar antes del próximo 26 de febrero, no podrá llegar antes de que el Consejo de Ministros se haya pronunciado sobre este asunto.

Paradójicamente, la normativa que faculta al Gobierno a tener la última palabra sobre la operación se tramitó para consagrar en su totalidad la libertad de movimiento de capitales procedentes del exterior, como establecen los tratados de la Unión Europea.

Normativa obsoleta

España ya contaba con una ley al respecto, que databa de 1979, con la etapa democrática recién inaugurada, y que también consagraba la liberalización del movimiento de capitales, aunque a su manera ya que, al mismo tiempo, también permitía al Gobierno una absoluta restricción con carácter prácticamente arbitrario.

Por otro lado, en el ámbito de las múltiples medidas adoptadas por el actual Ejecutivo en el contexto de la pandemia del coronavirus se incluyó un escudo protector para las empresas, especialmente las cotizadas, con el fin de protegerlas ante posibles operaciones hostiles dado el notable desplome que habían sufrido sus valoraciones en el mercado.

Blindaje por el coronavirus

De esta forma, el Consejo de Ministros también está facultado para echar atrás cualquier operación que suponga la adquisición por parte de un inversor que no pertenezca a la Unión Europea de más de un 10% del capital de compañías que operen en sectores considerados como estratégicos, entre los que se encuentra el energético.

Aunque IFM prevé articular la oferta a través de sociedades radicadas en Luxemburgo y Países Bajos, el fondo está radicado en Australia.