La junta directiva de la Federación Española de Municipios y Provincias, presidida por Abel Cabellero (c), remitió al Ministerio de Hacienda una propuesta para reformar la ley para cobrar las plusvalías municipales / CG

La junta directiva de la Federación Española de Municipios y Provincias, presidida por Abel Cabellero (c), remitió al Ministerio de Hacienda una propuesta para reformar la ley para cobrar las plusvalías municipales / CG

Business

Los ayuntamientos se resisten a dejar de cobrar el impuesto de plusvalías

Un mes después de la sentencia del Tribunal Constitucional, los consistorios quieren clarificar la ley para ajustar los cálculos de gravámenes y evitar el retorno de la tasa por la vía judicial

23 junio, 2017 00:00

Un mes después de que el Tribunal Constitucional anulara el impuesto municipal de plusvalía cuando el inmueble se vende en pérdidas, los consistorios mantienen la tasa. No han corregido los gravámenes municipales ni en las autoliquidaciones ni en los cálculos que los consistorios realizan en los procesos de venta en sus términos municipales.

Por ahora, los vendedores que han conseguido un reembolso recurren a la vía judicial. El despacho BMO de Barcelona, especializado en asesoramiento tributario, reconoce que han recibido un aluvión de causas en este sentido.

Los ayuntamientos se resisten a pagar

No son las primeras que habían iniciado sobre el cobro indebido de plusvalías. El socio director del bufete, Álvaro Benejam, indica que han conseguido “tres sentencias que obligan a devolver a los clientes”.

Pero ni con la resolución en la mano es fácil recuperar lo que se había abonado en el momento de la transacción. El letrado indica que sólo un ayuntamiento, el de Navata (Girona), se avino sin problemas hace un año y medio a realizar el reembolso de forma casi automática.

No han tenido tanta suerte con resoluciones de Vilanova del Vallès, Sant Cugat del Vallès o Barcelona.

Resolución del TSJC

¿Por qué se pudo realizar antes de la doctrina constitucional? Benejam explica que su recurso se sustentó en ese momento en una resolución anterior del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que reconocía que la Ley Reguladora de las Haciendas Locales no aceptaba cobrar por la “incapacidad económica de la operación”.

Es decir, en la discrepancia del método de cálculo vigente para señalar si ha existido o no ha existido pérdida en la compraventa. La mayoría de las personas usan para esta resta los valores totales de la operación que se incluyen en la inscripción registral.

Cálculo con el valor catastral

Pero para el cálculo de la plusvalía municipal se usa una operación basada en el precio catastral del inmueble. Dos cifras diferentes que según el letrado siempre beneficia a los municipios.

De hecho, la mayoría de los municipios cobran una tasa del 30%, el máximo permitido en la legislación vigente.

Propuesta de la FEMP

Para evitar la extrema judicialización del retorno de las plusvalías y clarificar los procesos, ha movido ficha la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP). La organización remitió a principios de mes una propuesta al Ministerio de Hacienda y Función Pública para modificar el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, el nombre oficial de la tasa de plusvalía.

En ella, pide que se adapte con la incorporación “para su determinación los coeficientes de variación del mercado inmobiliario del suelo para cada año”. Mantiene como referencia el valor catastral, pero con una actualización “año a año por la Ley de Presupuestos Generales del Estado”.

Nueva norma para las plusvalías

También pide para las contribuyentes las “garantías y mecanismos necesarios” para acreditar que “no ha existido un incremento de valor en el periodo a considerar para el cálculo de la base imponible”.

Otra opción que plantea la institución es empezar desde cero. Plantear una “reforma integral del impuesto sustituyendo la actual base objetiva por una nueva base que grave la capacidad económica real del sujeto pasivo”.

Compensación del Estado

En la misma propuesta, la FEMP solicita una “compensación” para los ayuntamientos por la “pérdida de la recaudación derivada de la aplicación de la sentencia”. Aquí está el verdadero problema de prescindir de la tasa de plusvalía. BMO calcula que los consistorios perderían casi el 40% de la recaudación en este sentido. Y se trata de ingresos importantes.

Barcelona recaudó unos 150 millones de euros en 2016 por esta vía. Sant Cugat, una ciudad de 90.000 habitantes, consiguió 18 millones. Prescindir de estos ingresos supone un golpe a las finanzas municipales.