El presidente de ERC, Oriol Junqueras / EFE

El presidente de ERC, Oriol Junqueras / EFE

Vida

Inadmitida la querella de Junqueras contra el Supremo por supuestas amenazas

El auto recuerda al político que en su denuncia reconoce que no hay "indicios suficientes de autoría concreta" de los delitos a los que se acusa al Alto Tribunal

22 abril, 2020 14:20

Una jueza inadmite la querella presentada por el presidente de ERC, Oriol Junqueras, contra el Tribunal Supremo a quien acusaba de un presunto delito de amenazas y coacciones, por un expediente en el que el Alto Tribunal alertaba de los delitos en que podían incurrir los funcionarios de prisiones si aprobaban que los presos del 1-O pasaran el confinamiento en casa. La Fiscalía había pedido no admitir la denuncia por "falta de competencia objetiva" del juzgado de instrucción.

La magistrada del Juzgado de Instrucción 7 de Manresa (Barcelona) rechaza la querella y archiva las actuaciones solicitadas por el exvicepresidente de la Generalitat. Señala que "el mismo querellante atribuye los hechos presuntamente delictivos a personas que disfrutan de un fuero especial".

Usurpación de funciones

El auto también hace referencia a la querella presentada por los abogados del político en que acusaba al Supremo de incurrir en presuntos delitos de usurpación de funciones administrativas y contra el ejercicio de derechos fundamentales. Una petición que tampoco ha admitido a trámite.

La decisión judicial permite presentar un recurso al acuerdo durante tres días y subraya que el exconsejero de Economía puede “reiterar la querella ante el órgano jurisdiccional competente".

Sin indicios

La jueza señala que en la misma querella los abogados de Junqueras admiten que no hay "indicios suficientes de autoría concreta", ya que sólo hace referencia a un mensaje en un grupo de Whatsapp con periodistas. En el texto, según el querellante se advertía a las juntas de tratamiento de las prisiones de que podían cometer un delito de prevaricación si acordaban que los presos del 1-O pasaran el confinamiento en casa.

Los organismos evaluaron la situación de los internos en Cataluña clasificados en tercer grado y también para los de segundo grado y a quienes se aplica el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, como los presos del 1-O. Finalmente, se descartó que el republicano y el resto de políticos encarcelados pudieran salir de prisión.