Embriones en una fecundación in vitro / PIXABAY

Embriones en una fecundación in vitro / PIXABAY

Vida

3.200 catalanas en lista de espera para una fecundación in vitro

En 2017 se sometieron en Cataluña 914 mujeres, de 36 años de media, a un procedimiento de reproducción asistida

28 octubre, 2018 13:00

Un total de 3.200 mujeres están actualmente en lista de espera para una fecundación in vitro en el sistema de salud público de Cataluña, que en 2017 realizó este procedimiento a 914 mujeres, de 36,33 años de media. Los datos los ha ofrecido, en una respuesta parlamentaria, la secretaria general de Salud de la Generalitat, Laura Pelay, a quien la consellera de Sanidad, Alba Vergés, ha delegado sus funciones durante el permiso de maternidad.

La mayoría de las mujeres actualmente en espera están en la provincia de Barcelona, donde hay 2.648 inscritas, seguida de la de Tarragona, con 267; Girona, con 147, y Lleida, donde hay 138 en espera.

Inferior media de edad

La media de edad de las mujeres en espera es ligeramente inferior a la de las intervenciones en 2017, y resulta de 35,1 años en Barcelona y Lleida, y de 34,4 en Girona y Tarragona, ha detallado el departamento, que no dispone de datos desagregados por el año anterior.

Actualmente hay tres hospitales que realizan fecundación in vitro con financiación pública, y los tres están en la capital catalana: el Hospital Vall d'Hebron, el Clínic y la Fundació Puigvert.

Las tarifas de 2017 relativas a los procesos de fecundación in vitro para los hospitales públicos de Catalunya son de 4.414,41 euros el ciclo de fecundación y 905,50 euros la criotransferencia.

Protocolos estrictos

Los protocolos de actuación que se siguen en la sanidad pública para acceder a un tratamiento de reproducción asistida resultan muy estrictos. La edad límite para las mujeres son los 40 años, mientras que para los hombres son los 55, aunque, con las listas de espera –de entre seis meses y dos años--, en muchos casos, tanto hombres como mujeres, sobrepasan estos umbrales cuando se inician los tratamientos.

A partir de aquí, se requiere comprobar que existe una incapacidad fehaciente de que la pareja tiene problemas para concebir. Comprobada la existencia de problemas, la sanidad pública no ofrece tratamientos a parejas que ya tengan hijos en común, salvo que el niño padezca alguna enfermedad crónica grave o si solo uno de los miembros de la pareja tiene descendencia.