Analizando papeles de un procedimiento monitorio UNSPLASH
El 38% de los procedimientos monitorios termina en embargo por falta de oposición
Presentar una oposición a este tipo de procedimientos es una herramienta fundamental de defensa para evitar el pago de deudas injustas o prescritas
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Cada año, miles de personas en España reciben una notificación judicial relacionada con un procedimiento monitorio. Se trata de un proceso legal simplificado que permite a bancos, financieras y empresas de recobro reclamar deudas de manera rápida y eficaz.
Sin embargo, lo que muchos ciudadanos ignoran es que no responder en plazo puede tener consecuencias legales automáticas y graves.
La ley concede 20 días hábiles desde la notificación judicial para presentar oposición. Si el demandado no responde, la deuda se considera reconocida y el procedimiento continúa, puede llegar a derivar en embargo de cuentas bancarias, sueldos o bienes personales, sin posibilidad de defensa posterior.
Una carta que puede tener consecuencias graves
El monitorio suele comenzar con la recepción de una notificación judicial, muchas veces confundida con una simple carta informativa. Pero no lo es. “El ciudadano recibe un requerimiento de pago que, si no se contesta, se convierte automáticamente en un título ejecutivo.
Es decir, la deuda se da por reconocida. Esto se puede evitar si se presenta una oposición a tiempo.” Explica una de las abogadas del despacho Defensa Monitorio.
¿Por qué oponerse a un monitorio?
Presentar oposición no es solo un derecho, sino una herramienta clave para defenderse y evitar el pago de deudas que pueden ser injustas, erróneas o incluso prescritas. Entre las causas más habituales para impugnar una reclamación se encuentran Defensa Monitorio:
1- Intereses y comisiones excesivas: en algunos contratos se aplican intereses o cargos ocultos que no se informaron adecuadamente o que superan lo legalmente permitido. Estos recargos pueden inflar la deuda de forma desproporcionada. Oponerse permite que un juez revise si estos conceptos son válidos o deben anularse total o parcialmente.
2- Errores en la cuantía reclamada: es posible que la cantidad reclamada no corresponda a lo que realmente se debe. Esto puede ocurrir si se han aplicado cargos adicionales sin justificación o si la deuda ha sido mal calculada por error administrativo. Además, algunas reclamaciones pueden incluir deudas que ya han sido pagadas o que no se deben en su totalidad. En estos casos, oponerse te permite revisar los detalles de la deuda y presentar pruebas para corregir la cantidad reclamada.
3- Prescripción de la deuda: las deudas tienen un plazo de prescripción, que suele ser de cinco años en muchos casos. Si este plazo ha transcurrido sin que el acreedor haya iniciado acciones legales, la deuda ya no es exigible.
Sin embargo, si no se alega esta circunstancia mediante oposición, el procedimiento seguirá adelante.
El reloj corre: solo 20 días para defenderse
La ley establece un plazo de 20 días hábiles desde la notificación para presentar oposición. Una vez pasado ese plazo, ya no hay forma de defenderse ni de negociar condiciones. La deuda se considera válida sin necesidad de juicio.
Desde el despacho jurídico Defensa Monitorio recomiendan contactar con un especialista en cuanto se reciba la notificación. Un asesor legal experto no solo garantiza una revisión exhaustiva de la reclamación, sino que también prepara una oposición sólida y a tiempo.
En conclusión, la falta de conocimiento sobre el procedimiento monitorio está dejando a muchos ciudadanos indefensos ante reclamaciones que, en algunos casos, podrían haberse anulado o reducido significativamente. Lo que comienza como una notificación aparentemente menor, puede acabar en embargos de nóminas, bienes o incluso de la vivienda.
Para evitarlo, los expertos recomiendan consultar con un abogado en cuanto se reciba la comunicación judicial. “Hay defensa posible, pero solo si se actúa dentro del plazo”, concluye la letrada de Defensa Monitorio.
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