La consejería de Empresa y Trabajo, encabezada por Roger Torrent (ERC), somete desde este martes a información pública el proyecto de decreto sobre el nuevo régimen electoral que afectará a las 13 cámaras de comercio de Cataluña. Da el paso cuatro semanas después de que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) anulase la normativa anterior con un borrador que el sector ha recibido por sorpresa y en el que se insiste en incluir el voto electrónico como fórmula para participar en los comicios.
De hecho, en el articulado de la propuesta inicial se reconoce de nuevo el poder que tendrá el auditor del proceso para anular votos. Esta discrecionalidad es la que ha propiciado que los resultados electorales de 2019 en la Cámara de Comercio de Barcelona hayan sido enmendados en los tribunales de primera instancia, que han reconocido que se alteró el recuento final y la otorgación de escaños al vulnerarse los derechos fundamentales de los electores.
Con todo, al no ser sentencias firmes (se pueden recurrir, y así lo ha hecho la Generalitat) el periplo judicial de todos estos casos no terminará antes de mayo de 2023, cuando se tengan que celebrar unos nuevos comicios para renovar los órganos de gobierno de la institución. Cabe recordar que en un primer momento la consejería aseguró que el TJSC no invalidaba las elecciones anteriores. El decreto fue firmado el pasado 18 de julio por el secretario de Empresa y Competitividad, Albert Castellanos.
Redactado “débil” jurídicamente
Fuentes jurídicas ya han advertido tras un primer análisis del redactado del decreto propuesto que se opta por un blindaje débil de esta potestad. De forma literal, se prevé que si las “evidencias del sistema permiten detectar que un voto ha sido emitido por una persona diferente a la persona electora o que de otra manera no se han respetado las garantías recogidas en este artículo, la Junta Electoral Central, en base a un informe del auditor, podrá tomar las medidas oportunas para garantizar la fiabilidad del proceso electoral, incluido la exclusión del recuento del voto afectado”.
En 2019, el auditor consideró inválidos los votos electrónicos que habían sido emitidos desde una misma IP en un espacio de tiempo limitado. Hecho que perjudicó a las grandes corporaciones y a los electores que se habían agrupado de forma gremial, ya que podían emitir varios votos a la vez (ya que cada mercantil o autónomo cuenta con un derecho electoral, sea cuál sea su peso en la economía local).
Cambio de sentido de los resultados
Fueron anulados y la conclusión de los tribunales es que en varios epígrafes hubiera cambiado el resultado final. Tanto, que en Barcelona la candidatura de la ANC no hubiese obtenido la mayoría en el pleno. El caso está judicializado y aún tiene recorrido.
De hecho, los afectados han apuntado en varias ocasiones que están dispuestos incluso a exigir responsabilidades personales a los miembros que tutelaron entonces el proceso, el equipo de la consejería que lideraba en ese momento Àngels Chacón.
Desginación del auditor
De nuevo, es el Consejo General de las Cámaras de Catalunya el que tiene que designar al auditor que fiscalizará el voto electrónico. Además, se habilita una “Mesa Electoral Electrónica” que “asumirá la custodia de los mecanismos de seguridad que garanticen la confidencialidad e integridad de la urna electrónica hasta el plazo de impugnación de los resultados y, en su caso, la firmeza de las resoluciones administrativas o judiciales”.
Será el órgano “responsable de certificar el resultado del escrutinio electrónico” y sus miembros serán elegidos desde la Junta Electoral Central. El número de personas que la integren “vendrá determinada por la convocatoria, teniendo en cuenta los requisitos de seguridad y operacionalidad de la plataforma tecnológica que de apoyo al proceso de votación electrónica”.
En sus manos estará determinar otra cuestión polémica, cómo se identifican a los votantes que opten por participar de forma remota en el proceso. Y es que no cuentan con precedentes en ninguna cámara de España, solo los comicios catalanes de 2019 que se tildan directamente de “desastre” por las sentencias que poco a poco llegan.
Caída de sistema y limitción de mandatos
Se prolongará el plazo para votar online en el caso de “caída del sistema o pérdida de rendimiento” en tiempo que estipule la Junta Electoral Central, como ocurrió en 2019 con el sistema desarrollado pro Scytl, una firma que presentó su quiebra poco después del proceso cameral catalán y que ahora ha resurgido con una nueva propiedad y equipo gestor.
En cuanto al resto del borrador presentado, se limitan a dos mandatos el tiempo máximo que una persona puede ejercer de presidente de una cámara de comercio catalana y se determina el proceso que se deberá seguir para sustituir a representantes del pleno.
Elecciones parciales este miércoles
Esta definición no es baladí, ya que la Cámara de Comercio de Barcelona celebra este miércoles unos comicios presenciales que han levantado polvareda para cubrir una vacante de uno de los miembros de la lista de Eines de País, del equipo de la actual presidenta, Mònica Roca.
La consejería de Empresa tutela el proceso en base al decreto electoral de 2006, el único que en estos momentos está vigente en Cataluña.