La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz / EP

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La reforma laboral se mantiene: estos son los cambios

El nuevo Estatuto de los Trabajadores restringe los contratos temporales y prioriza los convenios sectoriales, pero garantiza suficiente flexibilidad para las empresas

24 diciembre, 2021 00:00

Los sindicatos, la patronal y el Gobierno han cerrado finalmente un acuerdo para sacar adelante la reforma laboral. A falta de que se conozca por completo el texto --las modificaciones se aprobarán definitivamente en Consejo de Ministros el próximo 28 o 30 de diciembre--, la propuesta validada ayer por los agentes sociales cambia aspectos clave del Estatuto de los Trabajadores (ET), pero no deroga la reforma anterior impulsada por el PP.

Además, el Real Decreto que entrará en vigor el próximo 1 de enero aún podría modificarse si en vez de convalidarlo se tramita como proyecto de ley, como ya ocurrió con la reforma de 2012. Si se abre el melón de la tramitación en las Cortes, organizaciones como Foment, Ceim, Anfac y Asaja temen que el pacto firmado ahora no se mantenga. Precisamente por eso se han desmarcado del visto bueno de la CEOE y han ratificado que se abstienen de bendecir las modificaciones del acuerdo laboral. 

Frenar la temporalidad

Aún así, puede concluirse en base a las líneas generales del pacto que no habrá contarreforma. Si bien elementos como la temporalidad y la negociación colectiva experimentarán cambios importantes, el juego de equilibrios entre empresarios y trabajadores ha disuelto la promesa original del Gobierno. El nuevo redactado del Estatuto dejará margen a los contratos temporales, aunque se endurecerán sus condiciones de aplicación. También se priorizarán los convenios sectoriales, pero solo en materia salarial. Además, no se tocará la espinosa cuestión de las indemnizaciones por despido en un gesto de acercamiento a la CEOE.

El principal objetivo de la reforma es reducir la elevada tasa de temporalidad del mercado de trabajo, antes que encarecer los despidos o limitar la flexibilidad interna de las empresas. España se sitúa a la cabeza de los países de su entorno en número de contratos temporales. Casi un cuarto de los asalariados españoles (24,2%) están empleados mediante esta fórmula, muy por delante de Francia (15,3%) o Alemania (10,2%), según datos de Eurostat.

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz / EP

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz / EP

Tipos de contratos

Para corregir este desajuste, se establece que el contrato de trabajo preferente será el indefinido. El contrato temporal seguirá vigente, pero se restringirá su uso de forma precisa por razones estructurales y formativas. En el primer caso, las empresas solo podrán contratar de forma temporal por causas sobrevenidas de producción o sustitución de un trabajador con reserva de puesto --como una baja médica o una excedencia--.

Fuentes del diálogo social consultadas por Crónica Global confían que esta delimitación ayude a disminuir la elevada rotación en las organizaciones. Pero lo cierto es que el empleo temporal mantendrá una opción contractual necesaria en una economía terciarizada como la española. Así, si una empresa por causas previsibles, como la campaña de Navidad o los meses de verano, debe reforzar su plantilla con eventuales, podrá contratar a trabajadores siempre y cuando no supere un periodo máximo de 90 días al año no consecutivos. En caso de que los picos de actividad sean imprevisibles, los contratos temporales estarán limitados a seis meses, ampliables a 12 si lo establece el convenio.

El artículo 41, a salvo

Asimismo, se reducirá a 18 meses el plazo de encadenamiento de contratos para adquirir la condición de trabajador fijo, frente a los 24 meses actuales. Este tope regirá para el propio puesto de trabajo, aunque sea cubierto por distintos trabajadores durante este periodo. Pero pese a todas estas cautelas, la reforma dejará intacto el artículo 41 del Estatuto, que brinda a los empresarios autoridad para cambiar los horarios y remuneración de los empleados de forma unilateral.

A cambio de esta cesión, el incumplimiento de las normas que regulan la contratación temporal hará que el trabajador sea considerado indefinido. Este celo por incrementar los contratos fijos-discontinuos como fórmula habitual de contratación irá de la mano de un encarecimiento de las multas por fraude impuestas por la Inspección de Trabajo.

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Negociación colectiva

La reforma también modificará otros cambios introducidos por el PP para reequilibrar la negociación colectiva. Este objetivo se cumplirá a través de la restauración de la ultraactividad plena, de forma que los convenios se prorrogarán hasta que sean sustituidos por otros nuevos --hasta ahora la ultraactividad se mantenía un solo año--, y de la priorización de los convenios sectoriales frente a los acuerdos laborales de empresa. En 2012 se facilitó el convenio de empresa para dar una salida a aquéllas mercantiles tensionadas por la aplicación de los convenios sectoriales en plena resaca de la crisis del ladrillo.

Este punto ha generado fisuras en el seno de la CEOE, aunque hay que matizar que la preferencia por los convenios sectoriales regirá solo en materia salarial. Ambos asuntos están ligados a la polémica cuestión de las subcontratas, muy socorridas en sectores como las cárnicas y la atención al cliente. Mientras la patronal reclama el uso del outsourcing para determinadas tareas, los sindicatos critican las condiciones laborales ofrecidas por las subcontratas. Con el nuevo marco, a las empresas multiservicio se les aplicará el convenio sectorial de la actividad realizada.

Unai Sordo (CCOO) y José María Álvarez (UGT), los líderes de los sindicatos españoles, en la presentación virtual del Primero de Mayo / EP

Unai Sordo (CCOO) y José María Álvarez (UGT), los líderes de los sindicatos españoles, en la presentación virtual del Primero de Mayo / EP

Los ERTE se quedan

Asimismo, se preservarán los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) para evitar despidos colectivos. De este modo, la legislación laboral ordinaria incluirá los ERTE por limitación o impedimento de la actividad, ahora denominados mecanismo RED, que se han utilizado masivamente durante la pandemia para modular las necesidades de personal. Ahora bien, durante los periodos de ERTE no podrán realizarse horas extras, establecerse nuevas externalizaciones ni concertarse más contrataciones laborales.

En suma, la reforma laboral avalada por los agentes sociales tiene tantos contrapesos que resulta complicado aventurar su impacto real sobre el mercado de trabajo. Patronal y sindicatos han celebrado un acuerdo que es de mínimos, tal y como reconocen las partes, y llega en tiempo de descuento antes de que termine el año. Tanto Gobierno como agentes sociales cumplen así con el mandato de Bruselas, pero eso no evitará que a partir del 1 de enero se abra una segunda fase de negociación. El debate sobre la reforma laboral no ha terminado.