La Generalitat devolverá más de 35 millones a las centrales nucleares del territorio
Economía reembolsará de forma íntegra los ingresos percibidos y los intereses contraídos por el cobro de la tasa del riesgo medioambiental de elementos radiotóxicos desde 2017
8 junio, 2019 15:33Las centrales nucleares que están en Cataluña recibirán de la Generalitat 35,2 millones de euros. Así lo ha confirmado la vicepresidencia de Economía, encabezada por Pere Aragonès (ERC), tras la anulación del Tribunal Constitucional del impuesto sobre el riesgo medioambiental de elementos radiotóxicos.
Esta cantidad incluye el reembolso de las cantidades percibidas desde abril de 2017, cuando la tasa autonómica entró en vigor, hasta finales de marzo del ejercicio en curso. También contempla los intereses devengados durante todo este tiempo. Lo que no ha confirmado la Generalitat es el calendario que se seguirá para pagar a los operadores de energía nuclear. Es decir, las de Ascó y Vandellòs operadas por Endesa, Iberdrola y Naturgy.
Impuesto ‘reenfocado’
El Gobierno catalán ha intentado en dos ocasiones imponer un gravamen a la manipulación y gestión de los residuos radiotóxicos en Cataluña. En octubre de 2014 aprobó una primera versión del impuesto que gravaba la producción de energía nuclear y que se esperaba que aportase hasta 50 millones de euros a las arcas catalanas. Fue anulado por el Constitucional en abril de 2016, ya que entendía que chocaba con otro similar de ámbito estatal.
Fue entonces cuando el Ejecutivo reenfocó el impuesto. Anunció que se imponía una tasa por el riesgo sobre el medio ambiente y las personas de los elementos que se usan en las reacciones termonucleares. De la producción, manipulación, transporte, custodia transitoria y la dispersión de las emisiones, sea rutinaria o accidental.
Anulación del Constitucional
Fue recurrido en diciembre de 2017 por el Gobierno, ya que entendía que se solapaba con el estatal sobre la producción de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos y la tasa sobre las actividades económicas. El Constitucional le dio la razón. Apuntó en su resolución publicada en marzo que disponer de competencias en materia de protección civil no da la potestad a la Generalitat para crear un gravamen “equivalente al estatal”.
Sí que validó otro tributo polémico en el territorio, el que de activos no productivos de las personas jurídicas. Es decir, a los bienes de lujo que estén a nombre de personas jurídicas con fines particulares. Se deberá pagar de forma retroactiva, ya que entró en vigor en 2017. No existe ningún análogo en el resto del país.