Un edificio de Barcelona repleto de viviendas particulares / EP

Un edificio de Barcelona repleto de viviendas particulares / EP

Vida

El Govern permite destinar toda vivienda particular al alquiler turístico

La Generalitat da luz verde al nuevo decreto de turismo, que permite la actividad bajo unos requisitos mínimos y la aprobación del ayuntamiento pertinente

5 agosto, 2020 11:02

El Govern de la Generalitat ha aprobado un nuevo decreto de turismo, propuesto por el Departamento de Empresa y Conocimiento, que incorpora la figura del hogar compartido, lo que permite que cualquier persona pueda alquilar su vivienda con fines turísticos

Esta aprobación facilita el funcionamiento de plataformas de hospedaje como Booking o Airbnb, dado que normaliza este tipo de hospedajes y permite emplear esta clase de plataformas para publicitar las ofertas y poner en contacto a arrendatarios y arrendadores.

Limitaciones al alquiler turístico

El decreto expone que, para que se permita el alquiler turístico en un hogar compartido, el inmueble tendrá que ser la vivienda principal del titular y solo se podrá compartir con un máximo de cuatro personas en un plazo de tiempo nunca superior a los 31 días. Además, el titular tendrá que residir y compartir la vivienda con los turistas. El único requisito que contempla la normativa para la aprobación del alquiler es que la vivienda debe contar con una cédula de habitabilidad.

Se deberá registrar el inmueble como "alquiler turístico" en el ayuntamiento pertinente, quien decidirá finalmente si en su población se permitirá dicha actividad. Posteriormente, los consistorios tendrán que dar los detalles a la Generalitat para que esta elabore el registro general en Cataluña. Este punto no entrará en funcionamiento hasta dentro de un año, periodo en el que los ayuntamientos deben asumir este tipo de alojamiento turístico.

No es la única categoría nueva

El nuevo decreto también ha creado la figura del alojamiento singular, que vienen a ser todos aquellos inmuebles que no encajan en ninguna de las modalidades vigentes de alojamiento turístico, como las cabañas en los árboles, las barracas de piedra seca o las cuevas. Unos espacios que no podrán superar las seis plazas permitidas y que deberán ubicarse fuera de vehículos, aeronaves o embarcaciones, así como edificios convencionales.

El director general de Turisme de la Generalitat, Octavi Bono, ha afirmado que no se trata de una actividad nueva, dado que Barcelona cuenta ya con 10.000 viviendas con estas características y en el conjunto de Cataluña son unas 14.000. Eso sí, "hay que regularlo para que la actividad tribute y los entes locales tengan control de la actividad", ha señalado Bono. 

Modificaciones en varios alojamientos

En referencia a las viviendas de uso turístico convencional, la nueva normativa decreta que no podrán ser ocupadas con más plazas que las establecidas en la cédula de habitabilidad, además de determinar que no se podrá superar el máximo de 15 personas, excepto en los establecimientos rurales --el límite asciende hasta las 20 personas--.

En los alojamientos al aire libre, el decreto establece una nueva regulación para las áreas de acogida de autocaravanas en tránsito, donde incluye un tiempo máximo de estancia de 48 horas. Y en los cámpings llega una nueva categoría de evaluación: las estrellas. Ahora, sus usuarios podrán valorarlos como si fueran hoteles, clasificados de dos a cinco estrellas