DESESCALADA

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Vida

Estas son las restricciones anti-Covid que entran en vigor este viernes en Cataluña

La principal novedad es el retorno al confinamiento comarcal, de forma que nadie podrá salir sin causa justificada

7 abril, 2021 22:40

La Generalitat ha decidido dar un paso atrás y volver al confinamiento comarcal tras el empeoramiento progresivo de los datos epidemiológicos, dado que en las últimas jornadas los indicadores hospitalarios no han parado de aumentar.

Actualmente hay 458 personas con respiración mecánica en las ucis, 13 más que en la jornada anterior. De este modo, así quedan las restricciones a partir de este viernes, 9 de abril.

Movilidad

Comarcal: restringida la entrada y salida de la comarca sin motivo justificado. La movilidad laboral solo se permite cuando no se pueda teletrabajar. 

Cataluña: restringida la entrada y salida sin motivo justificado.

Actividades sociales

Los encuentros sociales quedan limitados a seis personas, a menos que se trate de convivientes. No obstante, las reuniones y/o encuentros familiares y de carácter social que se desarrollen en espacios cerrados, incluyendo los domicilios, se recomienda que se restrinjan y se limiten a visitas a personas dependientes o en situación de vulnerabilidad, y que sean siempre de la misma burbuja de convivencia.

Toque de queda

No se puede circular por la calle desde las 22.00 hasta las 06.00, excepto por causas justificadas.

Empresas

Se debe hacer teletrabajo, excepto cuando no sea posible. Se suspenden los congresos, convenciones, ferias y actividades asimilables.

Hostelería

Terrazas: abiertas con una distancia mínima señalizada de dos metros entre comensales de mesas o agrupaciones de mesas diferentes. Limitación de cuatro comensales por mesa o agrupaciones de mesas, excepto cuando se trate de grupos burbuja. Abiertas de 07.30 a 17.00. En el resto de horas, recogida para llevar o entrega a domicilio.

Interiores: abiertos con el 30% del aforo, con buena ventilación natural o forzada y con una distancia mínima de dos metros entre comensales de mesas o agrupaciones de mesas diferentes. Limitación de cuatro comensales por mesa o agrupaciones de mesas, excepto que se trate de grupos burbuja. Abiertos de 07.30 a 17.00. En el resto de horas, recogida para llevar o entrega a domicilio.

Actividades culturales

Abiertos: cines, teatros, circos, auditorios y salas de conciertos, con un 50% del aforo y un máximo de 500 personas, o de 1.000 si la ventilación es reforzada. También permanecerán abiertos los museos, bibliotecas y salas de exposición con el 50% del aforo.

Se pueden retomar: las actividades de cultura popular y tradicional, las galas, ceremonias de entrega de premios y festivales. Los asistentes deben permanecer sentados y se deben respetar las mismas limitaciones de aforo y las recomendaciones de ventilación reflejadas previamente.

Comercio y centros comerciales

30% del aforo en pequeño comercio, establecimientos y centros comerciales y mercados no sedentarios, que también podrán abrir los fines de semana independientemente de su actividad. En el caso de los establecimientos y locales comerciales de más de 800 metros cuadrados, se aplicará el límite de aforo sobre esta superficie máxima.

Deporte

Instalaciones y equipamientos deportivos al aire libre y piscinas abiertas con un aforo máximo del 50%.

Instalaciones y equipamientos de interior: aforo del 30%. Limitación a seis personas y uso de mascarilla en actividades grupales. Se permite el uso de los vestuarios.

Competiciones: permitidas las categorías internacionales, profesionales, estatales y competiciones que dan acceso a las mismas. Además de las ligas regulares de cualquier edad. En estas competiciones, menos en las de baloncesto y fútbol profesional, está permitida la presencia de público con la limitación del 50% de asistentes al aire libre y del 30% en espacios cerrados, siempre con asiento preasignado.

Actividades recreativas

Equipamientos cívicos: permitidas actividades al aire libre de tipo físico o de entrenamiento memorístico para mayores de 60 años, en grupos de un máximo de seis personas.

Abiertos: parques infantiles hasta las 20.00, con un aforo del 50%. Salones de juegos, casinos y salas de bingo pueden abrir con limitación del aforo del 30%, con un máximo de 100 personas, y siempre que se garantice la ventilación mínima. En el caso de disponer de sistemas de ventilación reforzada, el máximo se amplía a 250 personas (dentro del 30% de limitación del aforo). Los clientes deben ubicarse en grupos de máximo seis personas y una separación de dos metros entre diferentes grupos. No pueden abrir los servicios complementarios de bar y restauración.

Cerrados: espacios infantiles lúdicos interiores y parques de atracciones.

Universidades y colegios

Universidades: en las actividades teóricas presenciales se podrá considerar el aumento de la presencialidad, restringida hasta un máximo del 30% del alumnado de cada universidad.

Bachillerato, ciclos formativos y enseñanzas de régimen general reglados, incluidas escuelas de música y danza autorizadas: reducción de la actividad presencial.

ESO, primaria e infantil: presencialidad completa.

Actividades extraescolares: permitidas las actividades extraescolares, de ocio y deportivas desde infantil hasta bachillerato y ciclos formativos, siempre que se realicen dentro o fuera de los centros educativos con un máximo de seis personas (a excepción de las que preserven el grupo burbuja). Permitidos los desplazamientos y salidas del centro escolar con pernoctación, cuando no se rompa el grupo burbuja.