Un hombre abusa de una menor en Lleida y se libra de la cárcel... porque iba borracho
La jueza también ha tenido en cuenta que el hombre confesó los hechos y que había consignado 5.000 euros en concepto de indemnización a la víctima
13 diciembre, 2023 14:38Noticias relacionadas
Una jueza de Lleida ha rebajado la condena al hombre que abusó sexualmente de una menor, hija de la que entonces era su pareja, porque en el momento de los hechos estaba borracho.
En la sentencia la jueza ha argumentado que el acusado "tenía sus facultades volitivas e intelectivas afectadas a consecuencia de su adicción a las bebidas alcohólicas".
La fiscalía pedía cinco años
El fallo, se ha conocido después de que todas las partes llegaran a un acuerdo de conformidad en la Audiencia Provincial de Lleida el pasado 8 de noviembre, fecha en la que estaba previsto que se iniciara la vista oral.
La jueza acordó aplicarle circunstancias atenuantes teniendo en cuenta la confesión del acusado, que reconoció los hechos y que había consignado 5.000 euros en concepto de indemnización a la víctima. Por todo eso le impuso finalmente dos años de cárcel, frente a los cinco que solicitaba inicialmente la fiscalía. El procesado finalmente no entrará en prisión porque no tiene antecedentes.
Le realizó tocamientos
Los hechos por los que ha sido condenado sucedieron el 1 de mayo de 2022 cuando el acusado le ofreció varios vasos de vodka a su hijastra, que tenía 14 años en aquel momento, y le realizó tocamientos por debajo de la ropa mientras ambos se encontraban en la cama de uno de los dormitorios del domicilio.
Cuando esto se produjo la madre de la menor, que era la compañera sentimental del acusado, se encontraba trabajando fuera de casa.
Prisión e inhabilitación
La víctima denunció los hechos al día siguiente y el juez de instrucción número 3 de Lleida dictó la medida cautelar de prohibición de aproximación a la menor a una distancia de 200 metros y de comunicación con ella por cualquier medio.
La sentencia dicta ahora, además de los dos años de prisión, la inhabilitación especial para cualquier profesión que conlleve contacto con menores durante diez años, así como la prohibición de aproximarse a la víctima a una distancia de 200 metros y de comunicación con ella por cualquier medio durante cinco años. Además, se incluye la medida de libertad vigilada durante seis años más.