República catalana: Doble nacionalidad, cooficialidad de lenguas y amnistía 'indepe'
La ley de transitoriedad reconoce al presidente de la Generalitat como jefe del Estado, prevé la expulsión del Ejército español y remite a leyes posteriores la toma de puertos y aeropuertos
28 agosto, 2017 14:00La futura “República de Cataluña” reconocería la doble nacionalidad, la cooficialidad de las lenguas catalana y castellana y la amnistía de los condenados por haber participado en la construcción del nuevo Estado catalán. Así lo contempla la ley de transitoriedad jurídica y fundacional de la república catalana que Junts pel Sí, la coalición formada por PDeCAT y ERC, conjuntamente con la CUP, han registrado hoy en el Parlamento de Cataluña. De esta forma, los independentistas intentan dar una imagen de unidad, rota debido a las discrepancias respecto a su tramitación. Mientras PDeCAT quería esperar a que se celebre el referéndum, ERC y CUP apostaban por su aprobación inmediata. Finalmente, las fuerzas independentistas han pactado que esta ley de ruptura con España sea aprobada antes del 1 de octubre, pero no aclaran cómo se hará. Algo que también sucede con la ley del referéndum actualmente en el limbo.
La ley de transitoriedad tiene 89 artículos, tres disposiciones finales, una de ellas suspensiva si no gana el sí en esta votación. Según la propuesta de los secesionistas, la soberanía nacional recaería en el pueblo de Cataluña y, mientras no se apruebe la Constitución catalana, la ley de transitoriedad ejerce como norma suprema. La república catalana hace suyo el derecho y tratados de la UE y reconoce la doble nacionalidad, la catalana y la española. Al respecto, contempla la nacionalidad catalana de origen (personas que tienen la nacionalidad española empadronadas antes del 31 de diciembre) y la adquirida (nacidas fuera y residan desde hace cinco años).
La atribución de la nacionalidad catalana no obligaría a renunciar la nacionalidad española. Para establecer la doble nacionalidad, el Gobierno catalán establecería acuerdos con el Estado español.
Asimismo, si gana el sí en el referéndum, la administración de la Generalitat pasaría a suceder a la administración del Estado en Cataluña. Hasta la aprobación de la constitución catalana, se garantizarían los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución española y el Estatut.
Uno de los asuntos que más controveria ha provocado es el de la lengua. En este sentido, la ley de ruptura mantiene la cooficialidad de las lenguas catalana y castellana, además del aranés.
Consejo de Garantías Democráticas
Sobre el funcionamiento del Parlamento de Cataluña, la ley no incluye cambios significativos. Reconocer la figura del presidente de la Generalitat como jefe del Estado catalán y los miembros del Gobierno catalán tendrían inmunidad.
El Consejo de Garantías Estatutarias pasaría a denominarse Consejo de Garantías Democráticas, cuyos dictámenes serían vinculantes.
Respecto al poder Judicial, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña se convertiría en el Tribunal Supremo de Cataluña y se elimina la jurisdicción militar. El fiscal general de Cataluña no sería elegido por el Gobierno catalán, sino por el Parlamento de Cataluña. El poder judicial catalán residiría en la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo de Cataluña (formada por jueces) y en la Comisión Mixta (formada por miembros de la Sala de Gobierno y de la Consejería de Justicia)
El Tribunal Supremo se compone de las salas civil, penal, contencioso-administrativo y social. La novedad es la Sala Superior de Garantías, que resuelve recursos de amparo sobre derechos fundamentales. No habría sala militar. En este sentido, la norma no precisa qué tipo de seguridad pública tendría Cataluña, algo que se debería desarrollar en leyes posteriores, pero el Ejército español tendría que marcharse y los Mossos tomarían el control de puertos y aeropuertos. La ley contempla la amnistía de quienes han sido condenado por participar en la construcción del Estado catalán.
En el supuesto de que ganara el sí en el referéndum, la ley prevé un proceso constituyente, abierto a la ciudadanía para elaborar y aprobar una Constitución catalana.
La deuda catalana
Este período constituyente duraría unos seis meses, entonces el presidente de la República catalana disolvería el Parlamento y convocaría elecciones constituyentes. La Constitución catalana se sometería a ratificación en referéndum.
En la ley no hay ninguna disposición específica sobre la deuda de la Generalitat, que en el primer trimestre del ejercicio en curso creció en 345 millones de euros y se situó en 75.443 millones.