Constitución de la República catalana elaborada por el juez Santiago Vidal

Constitución de la República catalana elaborada por el juez Santiago Vidal

Política

La Constitución del juez Vidal consagra la indivisibilidad de Cataluña

El polémico magistrado presenta su proyecto de Constitución para la República catalana. Reconoce el derecho de los catalanes a "conservar sus relaciones personales" con los españoles

31 enero, 2015 11:47

El borrador de Constitución de la República catalana presentado este sábado por el juez Santiago Vidal no contempla en su articulado la posibilidad de que una parte de la hipotética Cataluña independiente -ni siquiera el Valle de Arán- pueda ejercer su derecho a la autodeterminación, a pesar de que este es justamente el derecho al que apela el independentismo en la actualidad para conseguir la secesión de Cataluña.

De hecho, el texto deja muy claro que el nuevo Estado "se compromete a mantener los actuales límites territoriales" de Cataluña, esto es, a garantizar la indivisible unidad de la República catalana. Y solo vislumbra el derecho a la autodeterminación cuando este se aplica a otros territorios extranjeros.

Es más, la única excepción recogida en el epígrafe destinado a los "límites geográficos y políticos" de Cataluña abre la puerta a la construcción de lo que los nacionalistas denominan 'Países Catalanes' (es decir, Cataluña, Comunidad Valenciana, Baleares, el Rosellón francés, la Franja de Aragón, Andorra, parte de Murcia y la ciudada italiana de Alguer), cuando dice: "Sin perjuicio de fomentar los especiales vínculos con las tierras de habla catalana bajo soberanía de otros Estados".

Apela al "mandato de nuestros antepasados"

La Carta Magna de la República de Cataluña propuesta por el polémico magistrado -que tiene un procedimiento abierto que le podría suponer su expulsión de la carrera judicial- contiene 97 artículos y tres disposiciones adicionales.

En su preámbulo, apela al "mandato de nuestros antepasados" para promulgar la Constitución. Un mandato que se remonta a los "usos" del siglo XV y a unos supuestos "Derechos de Cataluña" de 1701.

"Los catalanes, actuando con plena libertad, sabedores de que nuestra Historia así lo pide desde que el año 1714 fueron abolidas nuestras Constituciones y derechos vigentes desde 1481, reivindicando con firmeza y orgullo nuestro pasado, afirmamos la existencia actual de la identidad nacional catalana", subraya.

Quien quiera puede "conservar sus relaciones" con los españoles

El texto prevé la "doble nacionalidad, catalana y española" para "todos los ciudadanos de Cataluña" que "así lo escojan libremente", "siempre y cuando España reconozca su derecho a conservarla [la nacionalidad española]".

Y aboga por una "buena vecindad con el Estado español", ya que "Cataluña es consciente de los múltiples vínculos que en el decurso de nuestra historia ha tenido con el pueblo español" y "desea firmemente mantenerlos y mejorarlos en condiciones de bilateralidad".

Por ello, continúa la Constitución, "la República garantiza los derechos de todos aquellos catalanes que, por una u otra razón, quieran libre y democráticamente conservar sus relaciones personales y colectivas con nuestros hermanos de la Península Ibérica".

El catalán será lengua la oficial, propia y "preferente"

El borrador de Constitución del juez Vidal establece que el catalán será la lengua "oficial" en la Cataluña independiente, mientras que el castellano "disfruta del estatuto de lengua cooficial", aunque remarca que "nadie puede ser discriminado" entre otras cosas "por razón de lengua".

Sin embargo, el propio texto se contradice y recoge la primera discriminación, puesto que al catalán le da el rango de lengua "propia de Cataluña" y "por tanto, será empleada de forma preferente por todas las Administraciones públicas en sus respectivos ámbitos". De hecho, de momento, solo se ha presentado la versión en catalán de esta Carta Magna.

Así, la cooficialidad del castellano se reduce a que este simplemente "podrá ser empleado oralmente y por escrito por todos aquellos ciudadanos que así lo deseen".

La secesión podría deja a Cataluña fuera de la UE

En el ámbito internacional, el articulado señala que "Cataluña declara su firme voluntad de formar parte de la ONU como miembro de pleno derecho" y que "Cataluña quiere continuar formando parte de la UE". Para lo que garantiza que "los ciudadanos continuará siendo ciudadanos europeos con todos los derechos y deberes que disfuten en el momento de constituirse la República catalana".

Pero admite que, en caso de secesión, Cataluña no tiene garantizado formar parte de la UE. Por ello indica que "el Parlamento y el Gobierno llevarán a cabo todos los pasos adecuados para conseguir nuestro mantenimiento en estos organismos, o si procede, nuestra adhesión en el plazo más corto que la legislación internacional permita".

Se autodefine como un Estado descentralizado

Uno de las contradicciones más flagrantes de la Constitución estriba en el contraste entre la proclamación de un modelo territorial descentralizado y la concentración en Barcelona de las principales instituciones.

Así, tras declarar que "la Administración del Estado se caracteriza por los principios de proximidad y descentralización", establece que la capital de Cataluña es Barcelona y sitúa en ella "la sede del Gobierno de la República, del Parlamento y del Tribunal Supremo", así como "la sede permanente del Banco Central de Cataluña".

Eso sí, hace una concesión simbólica: "El Consejo de Ministros se reunirá en sesión plenaria con una periodicidad mínima anual en las ciudades de Gerona, Lérida y Tarragona".

No habrá ejército porque Cataluña es una "nación de paz"

Otro aspecto destacado del borrador de Constitución promovida por el juez Vidal es que la República catalana no tendrá ejército.

Según recoge un artículo titulado "Cataluña, nación de paz", "Cataluña es un territorio libre de ejército y fuerzas armadas, salvo la policía propia (Mossos d'Esquadra) encargada de la seguridad pública".

"Renta mínima garantizada" y prohibición del velo integral

Además de los derechos clásicos de las democracias occidentales, el nuevo Estado catalán tendrá una "renta básica de vida digna": "El Estado velará para que toda persona en situación de necesidad o riesgo de exclusión social disfrute de una renta mínima garantizada que le permita desarrollar una vida digna".

Además, el velo integral estará prohibido en las calles: "Las prácticas de uso de velo integral que oculte la cara en un espacio público, bajo la excusa de la religión, no son merecedoras de amparo legal".

Los cargos que incumplan su programa serán destituidos

El Estado catalán se define como una República parlamentaria unicameral y no presidencialista, si bien, contará con un presidente de la República (que se escogerá por sufragio universal directo) y un primer ministro.

Cabe destacar que los cargos públicos se elegirán por mandatos de cinco años, con un máximo de dos mandatos. Y destaca que "los electores podrán pedir a los tribunales de justicia competentes la celebración de referéndums revocatorios de los alcaldes, concejales y diputados que incumplan sistemáticamente su programa electoral".

Se prohíbe por ley la mayoría absoluta en el Parlamento

El articulado prevé un Parlamento de 105 diputados, que se escogerán proporcionalmente por circunscripciones comarcales con listas electorales abiertas.

Y sobresale una limitación: "La ley regulará los criterios específicos de proporcionalidad a fin y efecto de evitar que una sola lista o partido pueda conseguir la mayoría absoluta de los escaños".

La reforma constitucional, tan rígida como la de la Constitución

Por último, el juez Vidal no prevé la creación de un Tribunal Constitucional, sino que una Sala de Garantías Constitucionales del Tribunal Supremo hará esa función.

Y cabe destacar que el articulado presentado este sábado prevé que la reforma de la Constitución de una supuesta Cataluña independiente sea tan rígida como lo es la actual Constitución española -pese a las críticas lanzadas desde el independentismo por este motivo-, y serán necesarias mayorías de tres quintos o dos tercios para llevar a cabo las modificaciones.

El texto finaliza con una disposición que establece que esta Constitución "deroga en el territorio de Cataluña la Constitución del Reino de España" de 1978, y con otra que advierte que "entrará en vigor" en cuanto se publique en el "Diario Oficial de la República de Cataluña".

El borrador está disponible en una página web para que los ciudadanos que deseen presenten "enmiendas" a los artículos presentados o incluso propongan la inclusión de nuevos artículos.