Máxima presión sobre los jueces que pueden inhabilitar a Torra
La Junta Electoral Central está dividida respecto a la aplicación de la ley que permitiría destituir al ‘president’, fruto de una reforma del Gobierno de Zapatero con visos de inconstitucionalidad
28 diciembre, 2019 00:00Presión política, una investidura y una ley con visos de inconstitucionalidad. Este es el escenario en el que la Junta Electoral Central (JEC) deberá decidir si destituye al presidente de la Generalitat, Quim Torra, condenado a 18 meses de inhabilitación por desobedecer a este órgano y mantener símbolos independentistas en los edificios de la Generalitat en pleno proceso electoral.
Fuentes jurídicas aseguran a Crónica Global que los miembros de la JEC están divididos respecto a la aplicación del artículo de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) que permite esa inhabilitación exprés, pues algunos defienden su automatismo en casos de delitos contra la administración pública, mientras que otros consideran que esa norma, producto de una reforma aprobada durante el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, es inconstitucional. “Hay dudas sobre la aplicación de esa ley cuando se trata de una sentencia que no es firme, pero la JEC es un órgano subordinado y no puede pronunciarse sobre su constitucionalidad”, afirman estas fuentes.
La Junta Electoral, que tiene previsto reunirse el 3 de enero, deberá pronunciarse sobre el recurso presentado por PP y Ciudadanos contra la negativa de la Junta Electoral Provincial a inhabilitar a Torra, condenado por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) en una sentencia recurrida ante el Tribunal Supremo.
El artículo 6.2 de la Ley orgánica 5/1985 del Régimen Electoral General dispone que son inelegibles "los condenados por sentencia, aunque no sea firme, por delitos de rebelión, de terrorismo, contra la administración pública o contra las instituciones del Estado cuando la misma haya establecido la pena de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo o la de inhabilitación absoluta o especial o de suspensión para empleo o cargo público en los términos previstos en la legislación penal".
PP, Cs y Vox piden retirlarle la credencial de diputado
Por ello, PP, Cs y Vox solicitaron en primera instancia que se retire al president la credencial como diputado electo del Parlament. Las normas catalanas establecen la obligatoriedad de que el presidente de la Generalitat sea diputado del Parlament. “En la JEC se es muy consciente de lo que implicaría eso en plena negociación sobre la investidura del Pedro Sánchez”, explica una fuente cercana de la Junta. Se refiere a las negociaciones entre PSOE y ERC, que tanto el independentismo como PP y Ciudadanos, así como sectores socialistas, miran con lupa. ¿Presión política?
“Más que una llamada de las altas esferas, existe temor al acoso en las redes sociales, lo que puede truncar la carrera judicial de algunos miembros de la JEC. Acceder a determinadas instancias, como por ejemplo ser miembro del Tribunal Constitucional, exige amplísimos consensos políticos. Ello implica un historial limpio de polémica”, afirman esas fuentes jurídicas.
El escarnio en las redes sociales
No sería la primera vez que jueces de las Juntas Electorales son sometidos a escarnio. El magistrado que presentó un voto particular contra la la sentencia de la Junta provincial ya ha sido zarandeado en redes sociales. Asimismo, el propio Torra acusó a dos magistrados de la JEC de no ser imparciales, debido a sus declaraciones públicas y su supuesto activismo político, durante el juicio celebrado en el TSJC. El mandatario catalán fue más allá, y aseguró que su cargo de presidente estaba por encima de los jueces de la JEC.
En sus alegaciones a la inhabilitación exprés pretendida por PP y Cs, Torra aludió al artículo 24 del Reglamento del Parlament, según el cual, "únicamente la condena a una pena de inhabilitación impuesta por una sentencia judicial firme puede comportar la pérdida de la condición de diputado del Parlament".
Los precedentes son casos de corrupción
No obstante, varios vocales de la JEC ven razonable que la LOREG se aplique de forma automática. La ley es muy clara, aunque tal y como detalla la Junta provincial de Barcelona en su resolución, los únicos precedentes que existen hacen referencia a alcaldes que la JEC ha apartado de su cargo, sin fallo firme, por corrupción.
En cualquier caso, si este órgano revocara la resolución de la Junta provincial, Torra puede presentar un recurso contencioso-administrativo, y es ahí cuando se puede plantear la inconstitucionalidad de la LOREG. “Ni la JEC ni la Junta provincial pueden hacerlo”, explican desde el entorno judicial, donde se es muy consciente de las consecuencias de despojar del cargo a Torra. Éste sería sustituido provisionalmente por el vicepresidente Pere Aragonès (ERC) quien, curiosamente, tampoco es diputado.
Pero los neoconvergentes quieren evitar ese mandato republicano, e incluso amagan con retirar la vicepresidencia a Aragonès. Pero el tiempo corre en su contra.
Torra niega a la Junta capacidad para decidir su "incompatibilidad"
Ayer mismo, Torra presentó un escrito ante la Junta Electoral Provincial de Barcelona para advertirle de que, según él, no tiene capacidad para decidir sobre la posible "incompatibilidad" de los diputados en Cataluña, dado que esa es una "competencia del Parlament".
El escrito pide revocar la resolución que emitió esta semana la Junta Electoral Provincial, y que fue favorable al president, ya que desestimó las peticiones de PP, Ciudadanos y Vox para retirar ya la credencial de Torra como diputado del Parlament tras haber sido condenado a año y medio de inhabilitación por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC).
En una resolución, la Junta Electoral Provincial recordaba que la sentencia que condena a Torra aún no es firme, y no se dan los supuestos para proceder a retirarle su credencial como diputado --lo que forzaría su cese como president-- hasta que la causa judicial no haya acabado.