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Castigo para el FC Barcelona. El club azulgrana estaba en plena pugna jurídica con la UEFA hasta que, este jueves, el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS), por sus siglas en inglés) ha dictado sentencia. El Barça deberá pagar una sanción 500.000 euros por la decisión de Joan Laporta de computar la venta de un activo como un ingreso más de explotación, algo que fue decisivo para no incumplir el Fair Play financiero.

El Barça percibió 267 millones de más para asumir el coste total de la plantilla sin ser sancionado. El argumento de la UEFA es que lo hizo gracias a la venta del 15% en la 2021-22 y del 10% a la temporada siguiente de los derechos de televisión de la Liga. Este 25% se vendió a Sixth Street. El organismo que preside Aleksander Ceferin denunció que el ingreso se debía haber anotado como "beneficios por la enajenación de activos intangibles" y no como "otros ingresos de explotación", tal y como ha avanzado 2playbook.

Laporta no asumió el error

Clave en la sanción de medio millón es la intención del club azulgrana, que tuvo la oportunidad de aceptar este error y pagar solo 80.000 euros en el pasado. Laporta no rectificó y ahora el TAS le da la razón a la UEFA. El Barça "persistió" en computar la venta del 15% de los derechos de la misma manera, algo que ha puesto de manifiesto "el carácter intencional" que en su momento tuvo la cúpula culé.

Joan Laporta, en un fotomontaje con el logo de Sixth Street CULEMANÍA

El Barça cree que el castigo es "desproporcionado" y que no debería asumir un pago superior a los 100.000 euros. También usa a la Sociedad Anónima como argumento, ya que su modelo de propiedad "le impide recibir inyecciones de capital, como hacen muchos otros clubes cuando se encuentran con dificultades similares".

La crisis no es excusa

La UEFA no tuvo piedad con el Barça. La crisis económica no le vale a Ceferin: "La supuesta situación financiera desastrosa del FC Barcelona no justifica ninguna violación de las normas aplicables". Son las siguientes: el artículo 58 del Reglamento de Licencias de Clubes y Juego Limpio Financiero de la UEFA y el artículo 77 del Reglamento de Licencias de Clubes y Sostenibilidad Financiera de la UEFA.

Aleksander Ceferin quiere reformar el Fair Play Financiero | EFE

Otro punto que tiene en consideración el TAS es que en las cuentas remitidas a la Liga todas las ventas de activos sí se clasificaron como un ingreso por enajenación de activos. "La discrepancia en la clasificación tiene un impacto importante en los resultados de equilibrio del FC Barcelona, no solo ahora sino también, sin duda, para las próximas dos temporadas", señala la UEFA.

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