Tarjetas de crédito revolving

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Wizink, en el punto de mira por las tarjetas 'revolving'

La justicia condena los intereses “usurarios” a los que se somete a los clientes que han contratado estos productos de crédito

4 abril, 2019 00:00

Es posible contratarlas por teléfono, por internet o en centros comerciales. Con el gancho de que el cliente es quien decide las cuotas y los plazos para devolver el crédito, las tarjetas revolving han sido promovidas por numerosos bancos. No obstante, la justicia ha abierto camino en las reclamaciones de varios afectados que se han alzado contra los elevados intereses de estos plásticos.

El Juzgado de Instrucción 1 de Mieres (Asturias) acaba de condenar a la financiera Wizink a devolver 12.000 euros en intereses cobrados a una cliente a través de una tarjeta revolving. La sentencia declara la "nulidad radical" del contrato, firmado en 2006 con un interés del 26,82% TAE, y lo considera "usurario". Tal y como señala el despacho de abogados Reclama Por Mí, que ha gestionado el caso, la afectada solicitó una cantidad de 7.000 euros por la que se le pedían unos intereses de 19.000 euros.

"Claramente opacas"

"Lo venden como fácil, cómodo y que todo son ventajas, pero son claramente opacas", señala Javier López, de Reclama por Mí. "Presentan unas condiciones difíciles de entender y un contrato en muchas ocasiones ilegible, con una letra tan pequeña que no se puede ni leer. Otras veces el contrato ni siquiera está firmado", denuncia. En julio de 2018 un juzgado de Arona (Tenerife) condenó a Wizink a devolver 16.000 euros que se le habían cobrado a un hombre en intereses por una revolving. En su sentencia, el juez reconocía que la parte del contrato donde se explicaban los intereses iba escrita con letra "muy pequeña y difícil de leer".

Las revolving suelen presentar límite de crédito por debajo de 10.000 euros con posibilidad de ser renovado conforme se agota. La diferencia con una tarjeta de crédito está en la mayor flexibilidad para amortizar la deuda, siendo el cliente quien fija las cuotas. "Es posible hacer las compras de navidad y no pagarlas hasta dentro de unos años. El problema es que los usuarios no saben a qué interés están comprando", afirma Ainoa Amado, experta jurídica en Arriaga Asociados.

Wizink, a la cabeza en 'revolving'

Aunque son muchas las entidades bancarias que se valen de este producto, Wizink lidera la oferta de tarjetas revolving, en parte por los clientes que arrastraron de Citibank y Bancopopular-e, hasta que en 2018 se produjo su venta al fondo de inversión estadounidense Värde Partners. Desde los despachos Reclama por Mí y Arriaga aseguran contar con más de 600 reclamaciones cada uno desde que iniciaron la vía legal hace pocos meses y detallan que más de la mitad son afectados de Wizink.

"Nos llegan clientes que sufren situaciones de puro acoso por parte de las compañías de recobro para que paguen y cuando quieren saber cuánto les queda por pagar, comienzan a recibir evasivas", cuenta López, de Reclama Por Mí, que afirma que "la gente está empezando a tomar conciencia ahora".

Doctrina del Supremo

Las condenas a los bancos para devolver los intereses cobrados por las revolving se apoyan en la doctrina fijada por el Tribunal Supremo en 2015. La Sala Primera señaló como "usurario" el tipo de interés del 24,6% TAE cobrado a un usuario al considerarlo por encima de la media del mercado, que gira entre el 7% y 11%. Desde entonces, se ha producido un efecto cascada por parte de quienes contrataron estas tarjetas.

"La gente tiene que saber que puede reclamar, que acudan a un abogado para que le devuelvan las cantidades que han pagado de más y anular el contrato", dice López.

Mayor riesgo del producto

Desde Wizink se han limitado a la emisión de una nota en la que detallan que este sistema forma parte de un "mercado regulado con más de 40 años de presencia en España y en la Unión Europea". Justifican los elevados intereses por el "riesgo del producto, ya que no hay garantía de devolución" y tampoco se tiene que especificar el motivo para el que se solicita la tarjeta.

Además, aseguran que las condenas atienden a "interpretaciones dispares" de la sentencia del Supremo, "al compararse las tarjetas de pago aplazado con los créditos al consumo". Así, desde la financiera digital anuncian respuesta contra las reclamaciones al considerar que "las demandas de nulidad presentadas carecen de fundamento jurídico". Al mismo tiempo critican el "intereses de captación de clientes por parte de diversos despachos".