El Tribunal Supremo (TS) revisará la sentencia de las hipotecas el próximo 5 de noviembre. El Alto Tribunal examinará de nuevo en un pleno el auto que concluye que son los bancos los que deben pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados sobre los préstamos hipotecarios.
Según ha anunciado hoy la máxima instancia judicial en España, será el pleno de la Sala Contencioso-Administrativa del TS, formada por 31 magistrados, la que repase la sentencia de fecha 16 de octubre, que modificó la jurisprudencia del impuesto de actos jurídicos documentados en las escrituras públicas de las hipotecas y que dictó una sección de la Sala. La decisión se ha tomado hoy lunes en una reunión convocada por el presidente del Tribunal Supremo, Carlos Lesmes, a la que han asistido los integrantes de dicha sección y el presidente de la Sala Tercera, Luis María Díez-Picazo Giménez, de quien Jueces por la Democracia ha pedido hoy su dimisión por "incompetente y por crear inseguridad jurídica".
De momento, paga la banca
En una nota pública emitida al término de la reunión, el TS ha clarificado que "la avocación al pleno del primero de los recursos que hay pendientes sobre este asunto forma parte de las atribuciones de la sala de lo Contencioso-Administrativo", que preside Luis María Diez-Picaso "siempre que lo estime necesario para la administración de justicia". En cualquier caso, el fallo sobre el recurso que cambia la jurisprudencia sobre quién paga el impuesto de las hipotecas se analizará "sin perjuicio de las facultades de los 31 magistrados que lo integran para resolver lo que en derecho proceda".
Imagen de una consumidora retirando efectivo de una entidad bancaria junto a publicidad de hipotecas / EFE
Así pues, será el pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo el que decida si procede anular por ilegal el artículo 68.2 del impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. En este precepto se establece que el prestatario es el sujeto pasivo del impuesto. "Cuando se trate de escrituras de constitución de préstamo con garantía se considerará adquirente al prestatario", expresaba el artículo anulado. Con ello, el Supremo cambió la doctrina anterior y considera ahora que "el negocio inscribible es la hipoteca y el único interesado en la elevación a escritura pública y su posterior inscripción del negocio es el prestamista". El lenguaje alambicado del derecho contencioso esconde un giro jurisprudencial: es la banca la que debe pagar el gravamen (del 0,2% al 2% del valor del préstamo) y no el cliente, como hasta ahora.
Impacto notable sobre la banca
Antes de que se reúna la Sala de lo Contencioso-Administrativa del Alto Tribunal, un dato a tener en cuenta es que el propio Luis María Díez-Picazo firmó el recurso de admisión del recurso del Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid que dio lugar al cambio de criterio, al dar la vuelta a la jurisprudencia sobre las hipotecas a favor del cliente. No cabe pues argumentar que el presidente de la Sala no conocía el contenido del procedimiento que estaba siendo estudiado por la Sala que preside. Quizá por ello, Lesmes ha subrayado que el criterio de la sentencia respecto a este ayuntamiento no variará. "Es firme y no susceptible de revisión" el auto, "produciendo plenos efectos". Lo que se debatirá es si la sentencia sienta jurisprudencia.
Previo a todo ello, la decisión ya ha tenido un impacto mayúsculo sobre la banca. Las entidades financieras cotizadas cayeron un 10% en la Bolsa de Madrid al calor del anuncio de la sentencia la pasada semana. No obstante, los títulos de las compañías rebotaron un 4% en el parqué capitalino tras anunciar la Sala de lo Contencioso que revisaría el auto por su "enorme repercusión económica y social" al día siguiente. Hoy lunes, la banca ha seguido empujando el Ibex 35, que ha acariciado el umbral de los 9.000 enteros tras subir un 1,1% en la apertura.
Por su parte, Jueces por la Democracia ha pedido la dimisión de Luis María Díez-Picazo Giménez por su "nefasta gestión" y por generar "inseguridad jurídica" después de que la sentencia fuera emitida.