La titular de la Fiscalía General del Estado, Dolores Delgado, durante la inauguración del año judicial / EFE

La titular de la Fiscalía General del Estado, Dolores Delgado, durante la inauguración del año judicial / EFE

Vida

Los fiscales actuarán con "mayor inmediatez" contra las okupaciones

La fiscal general del Estado ordena agilizar las peticiones de desalojo de viviendas en todo el país ante el aumento de allanamientos y usurpaciones

15 septiembre, 2020 20:21

La Fiscal General del Estado, Dolores Delgado, ha ordenado a los fiscales agilizar las peticiones de desalojo de las viviendas okupadas (ya sea el domicilio habitual o una segunda residencia). Así lo ha indicado en una instrucción emitida este martes para unificar los criterios de actuación a nivel nacional frente a los delitos de allanamiento de morada y usurpación de bienes inmuebles.

La decisión de la Fiscalía General del Estado se pruduce después de que el aumento de okupaciones en los últimos años haya multiplicado las situaciones de flagrante indefensión de los propietarios y, como respuesta, se hayan incrementado las movilizaciones ciudadanas contra los okupantes ilegales, en ocasiones, con momentos de tensión.

Pedir el desalojo inmediato

En adelante, los fiscales deberán instar al juez la adopción de la medida cautelar del desalojo inmediato de los okupas, "siempre  que la medida cautelar sea justificada" y teniendo en cuenta la "situación de vulnerabilidad de las personas que ocupen el inmueble".

Entre estas circunstancias se incluyen la presencia de menores o personas con evidente desamparo o discapacidad. Eventualidad que deberá ser notificada a los servicios sociales.

Recopilar pruebas

La instrucción destaca la importancia de que, cuando la denuncia inicial se realice en sede policial, el atestado incluya todo tipo de documentos, declaraciones y pruebas que acrediten "la lesión del derecho invocado por el denunciante" y "las circunstancias espacio-temporales en las que se haya producido la ocupación del inmueble". Estas circunstancias debe incluir los datos de los autores, su estructura organizativa y los fines de la okupación.

En cuanto al "delito leve de urupación pacífica de bienes inmuebles", los fiscales deben instar el desalojo cautelar cuando afecte a una persona física, una persona jurídica de naturaleza pública o una ONG y se constate que la okupación puedra producir una grave perjuicio material de la vivienda, o perjudicar a los vecinos.

Recurrir en caso de negativa judicial

La Fiscalía General del Estado detalla cuatro momentos en los que insta a solicitar el desalojo: una vez se conozca el atestado policial, siempre que éste tenga información suficiente; durante la tramitación de cualquier procedimiento judicial por allanamiento o usurpación; durante la celebración de un juicio por usurpación leve si se promueve la condena del denunciado, y cuando las diligencias de información de la fiscalía sobre una okupación se judicialicen.

Además, en caso de que el juez desestime el desalojo cautelar, los fiscales deberán presentar recurso. Eso sí, siempre tomando nota de la versión de los hechos que ofrezca el okupa.

Preocupación social

La instrucción reconoce que la okupación genera preocupación social y sensación de inseguridad en la ciudadanía, más allá de los perjuicios para los propietarios y los problemas de convivencia que afecta a los vecinos.

En este sentido, Delgado ordena a los fiscales que refuercen su actuación en defensa de las víctimas y perjudicados por las okupaciones, acudiendo "con mayor inmediatez" a las herramientas legales que ofrece el ordenamiento jurídico.

Delincuencia organizada

La Fiscalía General del Estado también destaca el aumento de grupos de delincuentes organizados dedicados a la okupación.

Este "cambio cualitativo" en este tipo de delitos afecta especialmente a segundas residencias y a viviendas de alquiler social, casos en los delincuentes extorsionan a los titulares exigiéndoles el pago de una cantidad a cambio de abandonar la vivienda okupada.