Un usuario consultando informaciones publicadas en internet / Cedida

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Vida

La reputación sexual de los catalanes dispara las solicitudes de borrado en Internet

La preocupación de los contenidos negativos proceden, principalmente, de las empresas, un 70 por ciento, seguido de particulares, un 30%, según un estudio de Exprimenet

8 febrero, 2023 12:52

Madrid y Cataluña son las dos comunidades autónomas donde se registran más solicitudes de borrado en internet o aplicación del derecho al olvido, siendo la reputación sexual uno de los motivos que más ha aumentado. Así lo desvela el estudio realizado, durante el pasado mes de enero, por la consultora Exprimenet, sobre 2.000 consultas realizadas de empresas y personas relativas a reputación online.

El pasado año la preocupación de usuarios sobre lo que se publica en Internet sufrió un notable incremento, un 30 por ciento más que en 2021. Las solicitudes se dirigen principalmente a la eliminación del contenido negativo, en un 75 por ciento. Además, al rastreo en la red sobre su reputación positiva, un 15%, y para conocer lo que hay de él o de ella, un 10%.

Noticias y reseñas

La mayor preocupación sobre contenido negativo es, principalmente, sobre noticias que han visto sobre ellos, para el 45%, seguido de reseñas, 17%, contenido sexual, 12%; vídeo, el 10%, y las redes sociales, el 5% y otras cuestiones el resto.

Acceso a Internet desde un móvil y un portátil

Acceso a Internet desde un móvil y un portátil

El contenido negativo publicado que más les preocupa a los usuarios es el motivado por acciones negativas que han realizado, el 70%, seguido por información falsa (fake News) por el 20%, o errores en las publicaciones, el 10%. El top de las comunidades con mayor preocupación por su reputación online lo lideran Madrid y Cataluña, con el 60 y el 20% respectivamente de las solicitudes. Tras ellas, se sitúa Andalucía, con el 10 por ciento. Consultas que se centran en el contenido negativo publicado, mayoritariamente en España, un 85% seguido de Europa y el resto del mundo, un 10 y 5 % respectivamente

Empresas, sobre todo

La preocupación de los contenidos negativos que hay publicados en Internet provienen, principalmente, de las empresas, un 70%, seguido de particulares, un 30%. Y es que “el 87 por ciento de las compañías considera que la gestión del riesgo de reputación es más importante que otros riesgos estratégicos a corto plazo”, apunta Jorge Palacios, socio y consultor de Exprimenet

El estudio destaca el aumento notable de las solicitudes de eliminación de contenido de carácter sexual por parte de profesionales, un 45% respecto a 2021.

Dentro de la gran diversidad de perfiles profesionales entre los solicitantes destaca el político, donde la mayoría de sus peticiones, el 85 por ciento, son para eliminar contenido negativo sobre su figura. Mientras, un 3% solicitó un rastreo para saber que hay sobre él o ella en Internet, y un 2 por ciento sobre su reputación positiva. Durante 2022, hubo un 25 por ciento más de peticiones de políticos, de forma personal, respeto a 2021.

Reclamaciones judiciales

Eliminar el contenido negativo de un determinado sitio en Internet se complica en muchas ocasiones, llegando el 25 por ciento de los casos a un procedimiento judicial. De estos, el 75 por ciento acabaron en una reclamación judicial, el 15 en juicio y el 10 por ciento en un acuerdo durante el juicio. ¿Por qué se complica?, según Jorge Palacios socio y consultor de Exprimenet, “porque el contrario, bien sea un medio de comunicación o un motor de búsqueda, entiende que tiene derecho a mantener la información accesible al público en Internet, bien sea por entender que les ampara la libertad de información o expresión, o por ser de interés público”.

La “eliminación” de datos de Internet se entiende como la supresión de la publicación; la anonimación, que es cambiar nombre y apellidos por iniciales de la publicación; y la desindexación, que consiste en establecer por el editor de la página web los protocolos técnico-informáticos (NO INDEX) para que la publicación no sea accesible cuando se realicen consultas por su nombre y apellidos en Internet. Fuera de estos tres supuestos no hay más mecanismos para el borrado desde el punto de vista legal, afirman desde Exprimenet.

Lo que dice la ley

Actualmente, la normativa que reconoce el derecho al olvido es la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, concretamente en su artículo 93; y el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), concretamente su artículo 17.

El estudio de la consultora  Exprimenet, se ha realizado durante el pasado mes de enero sobre más de 2.000 empresas y particulares de toda España en colaboración con Honoralia, especializada en reputación online y derecho al olvido.