Agentes antidisturbios de Mossos d'Esquadra durante las protestas tras la sentencia del 1-O / EFE

Agentes antidisturbios de Mossos d'Esquadra durante las protestas tras la sentencia del 1-O / EFE

Política

Los secretos de la oscura división de asuntos internos de los Mossos

El régimen disciplinario de la policía catalana es el más punitivo de España, pero también el más impreciso, desactualizado y opaco, según el trabajo de fin de carrera de un agente

3 julio, 2020 00:00

La “auditoría más grande” hecha en los Mossos d’Esquadra a raíz de las actuaciones policiales tras la sentencia del 1-O se ha quedado en una simple declaración de intenciones, pero ha vuelto a poner el foco mediático en la División de Asuntos Internos (DAI) de este cuerpo policial. Una unidad opaca que aplica el régimen disciplinario más punitivo de España y muy desactualizado.

Estas son algunas de las conclusiones del Trabajo Final de Grado de Criminología que el mosso José Antonio Rodríguez hizo para la Universitat Oberta de Catalunya (UOC). Se titula La división de asuntos internos de la Policía de la Generalitat-Mossos d’Esquadra. Solución a la posible arbitrariedad de sus resoluciones, e incluye abundante documentación, ejemplos comparativos de los reglamentos de otras policías españolas y datos curiosos. 

¿Exceso de celo?

Rodríguez es delegado provincial en Tarragona de la asociación policial Politeia. El objetivo de su trabajo era determinar con rigor si existe un exceso de celo a la hora de analizar sus actuaciones públicas y aplicar su régimen disciplinario interno. “El régimen disciplinario del cuerpo de Mossos se encuentra en estos últimos meses en entredicho por una serie de resoluciones que han tenido una gran repercusión mediática y que avalarían la posible indefensión de sus funcionarios.

El hecho de que no se publiquen estadísticas sobre el número de expedientes ejecutados, el motivo de las sanciones, la duración de las mismas, así como el número de procedimientos de la jurisdicción contencioso-administrativa que acaban fallando a favor del trabajador, contribuyen muy poco a evitar la opacidad de la Administración en esta materia”, explica el autor del trabajo.

El conseller de Interior, Miquel Buch, en el complejo central de los Mossos d'Esquadra / CG

El conseller de Interior, Miquel Buch, en el complejo central de los Mossos d'Esquadra / CG

Repasa la historia de los Mossos, cuya la regulación como nueva policía ordinaria e integral en Cataluña fue posible gracias al artículo 149.1.29 de la Constitución Española, en el que se atribuye la competencia de la seguridad pública al Estado sin perjuicio de la creación de policías autonómicas que lleven a cabo estas funciones.

Historia de los Mossos

De esta manera, el Parlament, a través de la Ley 19/1984 de 14 de julio, estipuló que a partir “del artículo 13 del Estatuto de Autonomía de Cataluña, se crea la Policía Autonómica de la Generalitat”. Le sucedieron a esta otras leyes, finalmente refundadas a través de la Ley 4/2003 de 7 de abril de Ordenación del sistema de seguridad pública de Cataluña, que regula no sólo a la policía propia, como son los Mossos y las Policías Locales, sino también otros ámbitos como la protección civil, tráfico, juegos y espectáculos y seguridad privada.

Trabajo de fin de carrera sobre la División de Asuntos Internos de los Mossos d'Esquadra

Trabajo de fin de carrera sobre la División de Asuntos Internos de los Mossos d'Esquadra

El régimen disciplinario aparece contenido en la Ley 10/1994, aunque posteriormente se desarrolló en el Decreto 183/1995. Con 28 faltas muy graves, 19 graves y 8 leves, es el segundo régimen disciplinario más extenso, según el autor, únicamente por detrás de la normativa de la Guardia Civil, “con el agravante que sus redactados son los más imprecisos y contienen muchos supuestos en los que un mismo hecho sancionable puede ser considerado de diversa manera a tenor de su gravedad (según criterio del instructor del expediente disciplinario), como por ejemplo los daños al patrimonio de la Generalitat, las faltas de respeto o la incorrección con respecto a superiores, compañeros o ciudadanos, o la pérdida del arma, ya sea según se considere como consecuencia de una negligencia inexcusable o simple”.

El más opaco

Otros artículos son motivo de infracción únicamente en la Policía Autonómica, como por ejemplo aquellas sanciones relacionadas con acciones típicamente penales, como los actos de prevaricación o soborno, la denegación de auxilio cuando la actuación sea obligada o la ocultación y alteración de una prueba con la finalidad de perjudicar o ayudar al encausado.

“Que no se contengan estos supuestos en el resto de preceptos disciplinarios (no aparece ni tan siquiera en la regulación específica de las Policías Locales de Cataluña) no es casualidad, sino la consecuencia de querer recoger el mayor número de casuísticas posibles”.

'Mossos per la República Catalana' en una manifestación / TWITTER

'Mossos per la República Catalana' en una manifestación / TWITTER

El régimen disciplinario de Mossos resulta ser el más punitivo, pero también el más opaco. “No existen datos del número de agentes que componen la DAI. Son seleccionados a partir de ofrecimientos públicos entre miembros del cuerpo y tras superar una entrevista personal en la que se analiza la idoneidad del candidato. Se exige máxima discreción en todo el procedimiento, motivo por el cual no se publican los agentes que concurren al ofrecimiento ni los finalmente seleccionados. De hecho, una vez forman parte de la División, se les asigna un número de identidad nuevo denominado NOT”, desvela el agente.

Si resulta difícil recabar datos sobre actuaciones llevadas a cabo por la DAI, “más complejo todavía resulta explicar el motivo por el cual no se llevan a cabo unos procesos transparentes y basados en motivaciones coherentes y contrastadas”.

Comparativa con otros cuerpos policiales

Para demostrar que el régimen disciplinario de la policía catalana es el más punitivo, el mosso hace una comparativa con otros cuerpos y concluye que hay un mayor número de supuestos sancionables, existe indeterminación de muchos de los preceptos, hay sanciones “comodín”, se obliga al mosso a actuar siempre como agente de autoridad aunque se encuentre fuera de servicio, la duración de las sanciones es más elevada, y que el régimen disciplinario no se actualiza desde 1995 (la Policía Nacional lo ha renovado en dos ocasiones, el de la Guardia Civil está vigente desde 2007 y el de las policías locales se reviso en 2000). Asimismo, los Mossos son el único cuerpo donde es posible iniciar la incoación de los expedientes a través de denuncia anónima.

Soluciones

El trabajo aporta soluciones a las posibles arbitrariedades y disfunciones planteadas, como la redacción de un nuevo código disciplinario, dotar de mayor seguridad jurídica a los agentes incoados, unificar en un único cuerpo normativo el régimen disciplinario de todas las fuerzas policiales dependientes de la administración autonómica, establecer un sistema de control o supervisión de sus actuaciones e investigaciones, dar publicidad de sus actuaciones como símbolo de transparencia y tratar de corregir posibles desviaciones y evitar la inferencia de intereses políticos.

En este sentido, el autor concluye que “uno de los mayores ataques al principio de imparcialidad, y que perjudican gravemente la labor policial", lo llevan a cabo las propias instituciones políticas, ávidas por hacerse con el control de un sector con un gran poder estratégico.