El 'conseller' de Empresa y Trabajo, Roger Torrent (i), y el presidente de la Generalitat, Pere Aragonès (d), con el móvil en la mano / EUROPA PRESS

El 'conseller' de Empresa y Trabajo, Roger Torrent (i), y el presidente de la Generalitat, Pere Aragonès (d), con el móvil en la mano / EUROPA PRESS

Política

Palo a la Generalitat por el ‘caso Pegasus’: la justicia deniega su personación como acusación

La Audiencia Nacional para los pies al Govern en su interés por participar en la investigación sobre el supuesto espionaje sufrido por algunos miembros del Gobierno

18 julio, 2022 15:17

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha denegado de forma definitiva a la Generalitat su personación como acusación popular en la investigación sobre el espionaje que sufrieron algunos miembros del Gobierno a través del móvil con el programa Pegasus.

Entiende la justicia –como ya hizo el juez instructor, José Luis Calama, en dos ocasiones— que las “actividades ilícitas” que investiga en este caso –el espionaje sufrido por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y los ministros de Defensa e Interior, Margarita Robles y Fernando Grande-Marlaska, respectivamente— no afectan a “responsables políticos de las más altas instituciones públicas catalanas”. Es una cuestión aparte al supuesto espionaje sufrido por dirigentes independentistas.

Velar por la convivencia

Cabe recordar que la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo establece que la habilitación contenida en la Ley de Enjuiciamiento Criminal con respecto al ejercicio de la acción popular no alcanza con carácter general a las personas jurídico-públicas que, en consecuencia, precisan de normas específicas para dicho ejercicio.

En todo caso, la Generalitat alegó en su recurso, como recuerdan los magistrados, que se encontraba amparada por el artículo 3.2 de la Ley 4/2003, de Ordenación del Sistema de Seguridad Pública de Cataluña, que mandata al Ejecutivo central a “velar por la convivencia pacífica y la protección de las personas y de los bienes, de acuerdo con el ordenamiento jurídico”.

Sin dudas

En concreto, ese artículo señala que “el Gobierno, de conformidad con el marco de competencia que establece la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía de Cataluña y la legislación vigente, a través del departamento titular de las competencias en materia de seguridad pública, tiene la función de proteger el libre ejercicio de los derechos y las libertades y de garantizar la seguridad ciudadana”.

No obstante, “ninguna norma legal autoriza a la entidad recurrente a personarse en este proceso como acusación popular, por lo que el auto del juzgado central de instrucción ha de ser necesariamente confirmado”, concluye la Sala.

En plena crisis con Marruecos

El juez Calama empezó a investigar el 26 de abril, apuntando a posibles delitos de descubrimiento y revelación de secretos, tras la denuncia presentada por la Abogacía del Estado por la infección de los móviles del presidente del Gobierno y la ministra de Defensa, una denuncia que fue ampliada posteriormente tras confirmarse también la intrusión en el teléfono de Grande-Marlaska.

En esa primera resolución, el instructor aportó detalles sobre la denuncia inicial presentada por la Abogacía del Estado, según la cual, tras el análisis de los dispositivos móviles del jefe del Ejecutivo y de la titular de Defensa realizados por el CERT el 30 de abril, “se ha tenido conocimiento de que los mismos fueron objeto de varias infecciones por la herramienta Pegasus, software espía de dispositivos móviles, entre los meses de mayo y junio de 2021”. Alguien extrajo información de ellos. Ocurrió todo ello, pues, en plena crisis con Marruecos.