El presidente del Parlament, en el punto de mira
Las resoluciones aprobadas por el Parlament de Cataluña en el Debate de Política General, que a juicio del Gobierno vulneran la Constitución, pueden ser recurridas ante el Tribunal Constitucional a través de dos vías: mediante impugnación de disposiciones autonómicas o a través de un incidente de ejecución de sentencia.
Habitualmente se utiliza la primera vía, tras solicitar el correspondiente dictamen al Consejo de Estado. Sin embargo, cuando se considera que una resolución del Parlament no sólo es contraria a la Constitución sino que contradice un pronunciamiento previo del Tribunal Constitucional, se puede plantear el citado incidente de ejecución de sentencia.
En este último caso, al igual que en la impugnación, el planteamiento del incidente conlleva automáticamente la suspensión de la resolución recurrida. Pero, además, al plantear el incidente, el Gobierno puede solicitar al alto tribunal que en la providencia de admisión requiera personalmente al presidente del Parlament y a los miembros de la Mesa, notificándoles su deber de abstenerse de tramitar cualquier nueva iniciativa que ponga en cuestión la suspensión.