Porción de pizza de la marca Pizza Hut / FACEBOOK

Porción de pizza de la marca Pizza Hut / FACEBOOK

Confidente VIP

Pizza Hut gana un pleito a tres empresarios piratas de Canarias

Explotaban varios restaurantes en las islas con el rótulo de la cadena estadounidense

16 febrero, 2018 00:00

La usurpación de marcas comerciales es una práctica execrable, aunque por desgracia está bastante extendida en Próximo y Extremo Oriente. No es tan frecuente que tales circunstancias ocurran en España. Pero a veces, pasan. El último episodio conocido lo protagonizan tres ciudadanos.

El trío de marras, ni corto ni perezoso, abrió varios restaurantes con el logotipo Pizza Hut en las islas Canarias y Alicante. No sólo eso, sino que los decoraron como si fueran auténticos, con rótulos, menús, servilletas, manteles, envases y embalajes. Todo Pizza Hut, pero más falsos que Judas.

El caso es que la cadena norteamericana descubrió a los impostores y los denunció ante los tribunales españoles. La demanda corrió a cargo de Pizza Hut International LLC. Ahora ha recaído sentencia del Juzgado Mercantil número 1 de Alicante, que se publicó ayer en el Boletín Oficial del Estado.

Dicha instancia condena a Fernanda Dominga Fernández Pacheco, Rex Eggeling Fernández y Lee Eggeling Fernández. Declara probado que emplearon la enseña americana sin autorización alguna, lo cual constituye una infracción de sus derechos de propiedad sobre trece marcas registradas en la Unión Europea y otras tres en España.

Resarcimiento

El terceto habrá de indemnizar a Pizza Hut con los costes abonados a los investigadores, que ascienden a 5.479 euros. Además, compensarán a la firma americana por los honorarios devengados para la elaboración de las actas notariales que acreditan la infracción, por valor de 990 euros.

Así mismo, le habrán de abonar el 1% de la facturación anual de los restaurantes ilegales. Igualmente tendrán que desembolsar un royalty del 11% sobre las ventas, a razón de un 6% por los derechos de franquicia y un 5% en concepto de contribución a los gastos de marketing de la multinacional.

A todo ello se añade una cantidad a tanto alzado, de 48.400 dólares estadounidenses por cada uno de los establecimientos que explotaba la trama. Más un 2% adicional del giro anual por el perjuicio causado a la marca.

Al margen de dichos pagos, los condenados habrán de publicar la sentencia en el diario La Provincia, de Las Palmas, así como en las cuentas de Facebook "Pizza Hut Canarias", "Pizza Hut Puerto Rico" y "Pizza Hut Gran Canarias" durante quince días ininterrumpidos.

Además se les condena a cesar en el uso de las marcas de la entidad y a destruir todos los materiales promocionales, productos, uniformes, vehículos de transporte de comida a domicilio, medios electrónicos, rótulos y cualquier otro artículo con el emblema de Pizza Hut.

Por último, a los tres hosteleros clandestinos se les condena a abonar al grupo americano todos los daños y perjuicios causados, que se calcularán en ejecución de sentencia.

 De propina, también les cae la condena en costas procesales. La sentencia es recurrible.