Imagen de archivo de una tienda de Mango en Estados Unidos

Imagen de archivo de una tienda de Mango en Estados Unidos Cedida

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Mango recurrirá la condena por exponer obras de Miró y Tàpies en el metaverso: "No existía jurisprudencia previa"

La Audiencia de Barcelona condena a la empresa textil a pagar más de medio millón de euros por vulnerar los derechos de propiedad intelectual de obras de arte

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Mango recurrirá ante el Tribunal Supremo la condena por vulnerar derechos de la propiedad intelectual al exponer obras de Antoni Tàpies, Miquel Barceló y Joan Miró en el metaverso. 

La compañía explica a Crónica Global que "ha actuado siempre de buena fe durante todo el proceso" y que la acción no perseguía lucro ni explotación comercial alguna de las obras en cuestión. Añade que no existía jurisprudencia previa que resolviera un caso de las mismas características y que ha mostrado reiteradamente su voluntad de colaboración con las autoridades.

La decisión llega después de que la Audiencia de Barcelona haya admitido el recurso interpuesto por una empresa contra la sentencia del Juzgado Mercantil 9 de Barcelona y resuelva que Mango incurrió en una infracción de derechos de propiedad intelectual.

Los magistrados de la sección 15, especializada en materia mercantil, consideran en su sentencia, que Vegap (Visual Entidad de Gestión de Artistas Plásticos) tenía la propiedad física de las obras de arte, pero esto no le otorga legitimidad para reproducir, transformar ni comunicar públicamente las obras sin consentimiento de los titulares de los derechos.

500.000 euros por daños patrimoniales

El fallo, que no es firme y se puede recurrir, condena a la demandada a cesar en su conducta y a indemnizar los daños y perjuicios derivados de la infracción de los derechos: 500.000 euros por daños patrimoniales, a razón de 100.000 euros por obra; 250.000 euros por daños morales, a razón de 50.000 euros por obra, y 380,21 euros en concepto de gastos de investigación.

Los hechos ocurrió durante la inauguración de una tienda de ropa en Nueva York donde la empresa promovió 5 cuadros, que pertenecían a su colección particular, mediante su transformación en tokens no fungibles (NFTs), su difusión a internet y plataformas digitales como OpenSea y su uso en campañas promocionales.

Imagen de una tienda de Mango en el centro de Londres

Imagen de una tienda de Mango en el centro de Londres Mango

"La conducta llevada a cabo por Punto Fa, S.L. constituye un uso no autorizado de las obras de Antoni Tàpies, Miquel Barceló y Joan Miró que infringe los derechos patrimoniales de reproducción, transformación y comunicación pública y morales a la divulgación de la obra y a la integridad de las mismas", indica el tribunal.

Añade que "en la medida que la conducta cesó durante el procedimiento" no puede acordar la cesación, pero sí, tal y como se ha solicitado, la orden de prohibición de que el comportamiento vulnerador del derecho ajeno pueda ser reiterado en el futuro, según detallan los magistrados.