Fachada del Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona (ICAB)

Fachada del Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona (ICAB) Europa Press

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La CNMC multa al ICAB por la difusión de baremos de honorarios de los abogados

Competencia acusa al Colegio de Abogados de Barcelona de incumplir sus resoluciones y le impone una sanción de 500.000 euros

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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado al Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona (ICAB) con 500.000 euros de multa. Una decisión contra la cual el ente colegial presentará recurso.

La CNMC acusa al ICAB de haber incumplido dos resoluciones dictadas en un expediente sancionador por recomendaciones de precios sobre los honorarios que cobran los abogados a sus clientes en los procesos judiciales.

Precedente

Según explica la CNMC, en marzo de 2018 sancionó al ICAB y a otros ocho colegios de abogados por recomendar precios mediante la elaboración, publicación y difusión de baremos de honorarios. Una conducta prohibida por la Ley de Defensa de la Competencia.

En febrero de 2020 la CNMC dictó otra resolución en el marco del procedimiento de vigilancia del expediente de 2018 en el que declaró que los nuevos criterios presentados por el ICAB eran adecuados para cumplir con la resolución, aunque que seguiría vigilando la actuación de los colegios "con vistas a garantizar que no utilicen ni difundan los antiguos criterios ya sancionados u otros similares".

Expediente sancionador

Sin embargo, la CNMC acreditó después que el ICAB había difundido los criterios orientativos validados por la CNMC para que se aplicasen en la práctica como verdaderos baremos de honorarios.

Con esta difusión, realizada especialmente en sesiones de formación, se transformaban las indicaciones genéricas de los criterios orientativos en unos porcentajes concretos y en un sistema de cálculo automático para la tasación de costas, a juicio de la CNMC.

Infracción "muy grave"

La difusión se produjo entre más de 4.000 abogados del ICAB, además de entre profesionales colegiados en colegios de abogados de otras demarcaciones territoriales.

El organismo regulador considera que esta práctica incumplió las resoluciones de 2018 y 2020 y está tipificada como una infracción "muy grave" en la Ley de Defensa de la Competencia.

El ICAB ya ha pagado la multa

Antes de aprobarse esta resolución el ICAB ya ha pagado voluntariamente la multa propuesta (de 500.000 euros), acogiéndose a un artículo de la ley que permite reducir en un 20% la sanción si se paga por anticipado, por lo que finalmente ha abonado 400.000 euros.

Preguntado al respecto, el ICAB ha explicado que interpondrá los recursos que considere adecuados "en defensa del interés de la corporación y de todas las personas colegiadas".

Tasación de costas

Algo que, según ha apuntado a Europa Press, hará para poder seguir realizando "con todas las garantías, transparencia, objetividad y seguridad jurídica" para la ciudadanía los dictámenes preceptivos en los procedimientos de tasación de costas de acuerdo con la legislación aplicable.

Además, el ICAB considera que su actuación está avalada por la aprobación de la Ley Orgánica del Derecho de Defensa (LODD), que entró en vigor el 4 de diciembre de 2024 y que reconoce el derecho de quien acuda a los tribunales de conocer con anterioridad el coste de una eventual condena en costas.