Simpatizantes de la ANC que han ido a la Ciutat de la Justicia a apoyar la entidad ante la demanda de medidas cauetares de Foment del Treball / CG

Simpatizantes de la ANC que han ido a la Ciutat de la Justicia a apoyar la entidad ante la demanda de medidas cauetares de Foment del Treball / CG

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La ANC equipara su campaña de boicot con la promoción de “productos kilómetro cero”

Foment del Treball defiende que se debe cerrar el portal de Consumo Estratégico de la entidad independentista y poner fin a esta campaña por ir en contra de la libertad de empresa

25 septiembre, 2019 12:53

La Assemblea Nacional Catalana (ANC) ha defendido ante la magistrada del Juzgado de lo Mercantil 11 de Barcelona, Amagoia Serrano, que todas las acciones que se promueven en el marco de su campaña de boicot a las empresas que no son independentistas “no son discriminatorias”. Alega que es una iniciativa análoga “a la que promueven muchos ayuntamientos para fomentar los productos kilómetro cero”, en palabras de letrado de la entidad secesionista, Xosé Xenen Rodríguez de Castro.

Asimismo, ha intentado plantear una “falta de acreditación activa” de Foment del Treball para reclamar una orden judicial de cierre del portal de Consumo Estratégico y de todas las acciones que se enmarcan en esta campaña --básicamente, la celebración de ferias en que se promueven las empresas adheridas a la plataforma--. Se ha emparado en la libertad de expresión para asegurar que la organización tiene derecho a proseguir con el mismo.

Xenen Rodríguez de Castro ha planteado ambos argumentos como una cuestión prejudicial que dejaría sin efecto la medida cautelar de la patronal catalana, algo que ha sido rechazado por la magistrada. “Entendemos que es una oposición al fondo de la demanda”, ha señalado a la sala.

Libertad de expresión contra la de empresa

Para que la medida cautelar prospere, el abogado de Foment del Treball, José Manuel Calavia, ha justificado que se ha dado un “choque entre dos derechos fundamentales, el de libertad de expresión y el de libertad de empresa”. Mantiene que no se trata de una opinión de la patronal, sino de una respuesta del empresariado catalán ante la “puesta en marcha con medio materiales y personales” de una “discriminación o boicot a un grupo de empresarios” que no están en línea al ideario político de la ANC.

Ha recordado que en el portal de la entidad independentista se hace referencia a las “empresas del Ibex y del palco de Real Madrid” y que tras la denuncia del empresariado catalán, se ha revisado la web para borrar alusiones políticas a favor de los argumentos que han esgrimido para demostrar que la llamada al boicot es real. Frases como “fem república, fem país” (hagamos república, hagamos país) o la referencia a que los ciudadanos se conviertan en “consumidores estratégicos más próximos a un modelo de país que la ANC ve más próximo a la república catalana”.

Expediente de oficio de la CNMC

De hecho, Foment del Treball entiende que el objetivo de la campaña de consumo estratégico de los independentistas es un “boicot doble”, ya que se lanza contra determinadas empresas y “también se promueve entre operadores económicos”. Siempre con la causa política de telón de fondo.

Calavia entiende que esta segunda reclamación es la que ha llevado a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) a abrir un expediente de oficio contra la campaña de la ANC. Discurre en paralelo a la denuncia que la patronal presentó ante la Autoridad Catalana de la Competencia, la reclamación por la vía administrativa con la que también se pretende conseguir que la entidad independentista cese en su iniciativa. Las dos instituciones deberán ahora resolver el conflicto de competencias latente para decidir quién se queda la incoación del caso.

Resolución en breve

La vista de medidas cautelares está pendiente de la resolución de la juez. La magistrada Serrano deberá completar la presentación de documentos y decidir si paraliza o no la campaña de consumo estratégico de la ANC de forma cautelar tal y como le pide Foment del Treball. Se espera que el escrito llegue en breve.

Si se llegar a este escenario, la medida estaría activa solo hasta la celebración del juicio y de la posterior sentencia mercantil. Por ahora, no se ha definido una fecha para esta segunda vista.