El Hospital Plató recurre al TSJC para evitar publicitar los salarios de sus directivos
El centro sanitario sigue los pasos de TMB y abre el debate sobre los límites entre la ley de transparencia y la privacidad en una fundación privada que trabaja para el sector público
17 noviembre, 2016 00:00La sección quinta de la Sala de los Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha abierto una causa a petición de la fundación privada Hospital Plató y cinco facultativos del centro que tiene como objetivo evitar que los salarios de la alta dirección acaben en manos del sindicato Médicos de Cataluña, tal y como le ordenó la Comisión de Garantía del Derecho de Acceso a la Información Pública (GAIP) en julio.
El caso viene de lejos. El sindicato solicitó en abril la información al CatSalut, pero su director, David Elvira, declinó facilitarla en pro del “principio de confidencialidad de los datos de carácter personal de los afectados” del Hospital Plató. El debate que ahora se abre en el alto tribunal va precisamente en este sentido: en saber dónde colisionan los límites del derecho a la transparencia y el de la privacidad.
Mismo procedimiento que en TMB
No es el primer debate en este sentido que el alto tribunal debe mantener. Los argumentos que se han usado hasta la fecha van en línea de los que Transportes Metropolitanos de Barcelona (TMB) ha esgrimido para evitar publicitar los salarios de la directiva. El origen es el mismo, una resolución del GAIP, pero con una diferencia sustancial: la gestora del Metro y los autobuses de la capital catalana es una empresa pública a todos los efectos y el centro sanitario, una fundación privada. Con todo, más del 90% de su actividad está en el sector público.
Médicos de Cataluña argumentó ante el GAIP que la ley de transparencia catalana indica que “las personas jurídicas privadas que prestan servicios públicos o perciben fondos públicos, si el volumen de negocio vinculado a actividades llevadas a cabo o cuenta de las administraciones públicas supera el 25% del volumen general de ingresos de la empresa, deben informar a la Administración responsable, entre otras cuestiones, de las retribuciones percibidas por sus cargos directivos”.
Escrito para iniciar el proceso
Fuentes del hospital indican que el CatSalut ya tiene toda información sobre las retribuciones y las dietas que cobran los cargos directivos y añaden que se ha renunciado a la facultad legal que contempla la norma para evitar que se entregara a terceros. Con todo, mantiene que se trata de una cuestión de confidencialidad.
En cuanto al recurso, señalan que solo se ha presentado un escrito ante el TSJC en el que habían anunciado su intención de presentar la apelación. La formularán en los próximos días.
Autoridad Catalana de Protección de Datos
Las fuentes jurídicas consultadas señalan que los responsables del centro sanitario tienen en contra de sus intereses que la Autoridad Catalana de Protección de Datos ya se pronunció sobre este debate. Lo hizo a petición del GAIP antes de la resolución de julio, que será recurrida ante el Alto Tribunal.
Confirmó que más del 90% de la actividad de la clínica va destinada a prestar servicios públicos y considera que puede ser “relevante para la ciudadanía conocer y comparar cuál es la parte de recursos públicos que en uno y otro sistema (gestión directa o indirecta) se destina a satisfacer la remuneración del personal directivo o con una especial responsabilidad dentro de la organización”.
Debate sobre qué es un cargo directivo
Otra parte del debate es si los médicos que han anunciado su intención de acudir al Alto Tribunal tienen una responsabilidad importante en el organigrama del hospital. Todos forman parte del consejo de dirección: el responsable asistencial; la de gestión social y corporativa; la de enfermería; el de docencia, innovación, investigación y calidad, y el director médico y responsable de la división quirúrgica. Además del Hospital Plató como persona jurídica.
El debate jurídico en el TSJC se prolongará durante meses.