La Audiencia de Barcelona, donde se juzgará al acusado de violar a sus tres hijastras menores de edad
Acepta 30 años de castigo por matar a su hermano durante un brote psicótico tras drogarse
El acusado, vecino de Esparreguera (Barcelona), asume 20 años de internamiento en un centro psiquiátrico y diez de prisión
Contenido relacionado: El jurado popular declara culpables a los dos acusados por el asesinato de Valentín Moreno
Noticias relacionadas
El juicio previsto para esta semana en la sala de Jurado de la Audiencia de Barcelona ha alcanzado una conformidad inédita entre la defensa, la fiscalía y la acusación particular.
El acusado, un hombre diagnosticado con esquizofrenia, ha aceptado una condena de 20 años de internamiento en un centro psiquiátrico y diez años de prisión por haber matado a su hermanastro durante un episodio psicótico desencadenado tras consumir alcohol y sustancias estupefacientes.
Ataque sorpresivo y con arma blanca
Los hechos, que se remontan al fin de semana del 14 al 16 de mayo de 2022, ocurrieron en la localidad barcelonesa de Esparreguera, donde ambos convivían. La relación entre los hermanastros era conflictiva, marcada por discusiones constantes, motivadas por la enfermedad mental del acusado y su consumo abusivo de alcohol y drogas, lo que agravaba su dolencia.
Durante ese fin de semana, en circunstancias no determinadas, el acusado agredió brutalmente a su hermano con un cuchillo, asestándole cortes mortales en cara y cuello, uno de los cuales le seccionó la laringe y el paquete carotídeo-yugular, causándole la muerte por shock hipovolémico.
La víctima, que se encontraba en su hogar, desarmada y desprevenida, no tuvo posibilidad de defensa. El ataque fue súbito e inopinado.
Discrepancias entre las partes
Lo que convierte este caso en singular es el enfoque penal adoptado tras la conformidad. La fiscalía inicialmente solicitaba la absolución del acusado, al considerar que sus capacidades cognitivas y volitivas estaban completamente anuladas en el momento del crimen, debido a su enfermedad mental combinada con el consumo de sustancias.
Sin embargo, la acusación particular —ejercida por los abogados Marc Molins y Marta Masip del despacho Molins&Parés— sostenía que existía alevosía, al tratarse de una agresión inesperada dentro del domicilio familiar; y que se desencadenó por la actitud "irresponsable" del acusado al consumir sustancias y alcohol a pesar de saber las consecuencias de ello.
Entrada de la Audiencia de Barcelona, en una imagen de archivo
El giro en la causa
Finalmente, la defensa ha aceptado una eximente incompleta que reconoce la existencia de un trastorno mental grave, pero también una responsabilidad penal derivada de lo que las partes han calificado como una actitud irresponsable: el acusado era plenamente consciente de que el consumo de drogas le provocaba brotes psicóticos y, aun así, decidió consumir, asumiendo el riesgo.
Ese gesto —esa imprudencia dolosa— ha sido la clave jurídica para justificar la condena.
De este modo, la conformidad alcanzada ha contemplado y validado una doble respuesta punitiva: por un lado, una medida de seguridad de 20 años en un centro especializado. Periodo que puede ser inferior, si los facultativos que lo traten consideran que ya no existe peligrosidad. Y, por otro, una pena de prisión de diez años, con el objetivo de sancionar una conducta negligente con consecuencias letales, pese a la existencia de una patología previa.
Castigo y prevención
El acusado permanece en prisión provisional desde el 21 de mayo de 2022. La medida fue prorrogada dos años después, en 2024, a la espera de juicio. Con esta conformidad, se cierra un caso especialmente sensible, donde la línea entre la enfermedad, la violencia y la responsabilidad penal se ha saldado con una sentencia que pretende ser disuasoria frente a la combinación letal de drogas y trastornos mentales no tratados.
Además de los 30 años entre el psiquiátrico y la prisión, el acusado deberá indemnizar con 68.000 euros a los familiares de la víctima, en concepto de responsabilidad civil.