Martes 23 de abril de 2024. Un furgón de la Brigada Provincial de Extranjería de la Policía Nacional en Barcelona estaciona en doble fila frente a la puerta del Consulado de Colombia. Dos coches patrulla custodian el vehículo. Uno por delante, el otro por detrás. Varios agentes armados, ataviados con el chaleco de Policía, acompañan a tres individuos, engrilletados, hasta las dependencias de dicho consulado.
En menos de 24 horas sale del aeropuerto de El Prat un vuelo fletado con cinco delincuentes extranjeros (tres colombianos y dos dominicanos). Los acompañarán agentes de la Policía, enfermeros y trabajadores sociales que garantizarán que el viaje transcurra sin incidencias. Todos ellos, en aplicación de la Ley de Extranjería, han reunido los requisitos para que se proceda a su expulsión definitiva del país.
Narcotráfico, amenazas, delitos contra el patrimonio y homicidio: este es el abanico de delitos que acumulan estos criminales, que llegaron a España (concretamente a Cataluña) para hacer de la delincuencia su modus vivendi. Sus suculentos historiales delictivos se convirtieron en sus respectivos talones de Aquiles, provocando que la Policía Nacional –con competencias exclusivas en dicha materia de extranjería— decidiera emprender el proceso definitivo de repatriación. Un proceso complejo, con mucha burocracia, que no siempre se resuelve de forma fructífera.
Multirreincidentes y narcos, los perfiles más habituales
A pesar de que el deber de los agentes que velan por el buen funcionamiento de la Ley de Extranjería es perseguir a todos los extranjeros que se encuentren en situación irregular, fuentes policiales reconocen que su prioridad es cazar a los que gozan de un mayor número de antecedentes: tanto los conocidos multirreincidentes (que acostumbran a cometer delitos contra el patrimonio), como los que se dedican al tráfico de sustancias estupefacientes. "Son sujetos que ya delinquían en sus países de origen y que continúan con la actividad criminal en territorio nacional", aseveran.
Se trata de los dos perfiles más habituales (ladrones multirreincidentes y narcotraficantes). Las mismas fuentes explican que "muchos de ellos, sobre todo los que llegan para trabajar en los cultivos marihuana, llegan con un visado de turista", con un permiso de 90 días. El problema –añaden— "es que alargan dicho permiso para prolongar su estancia y seguir delinquiendo".
Atención a la amenaza yihadista
Asimismo, explican, la Ley de Extranjería también prevé expulsar a aquellos individuos que puedan suponer una gran amenaza o riesgo para el orden público, como pasó con la repatriación de Mohamed Said Badaou: el imán de Reus (Tarragona) a quien se le acusó de haber adoctrinado a su Comunidad con la "difusión de postulados radicales proyihadistas" y de ser "uno de los principales referentes en España del salafismo más ortodoxo".
Tras su detención fue trasladado a un Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) de Barcelona a la espera de que se resolviera la orden de expulsión a Marruecos. En este caso, a pesar de no haber cometido ningún ilícito penal, se pudo alegar que Said Badaou suponía un peligro para la seguridad de nuestro país y que, por ello, convenía proceder a su expatriación. En este procedimiento, además, el conocido imán de Reus residía de forma regular en territorio nacional.
"No se hacen expulsiones a la ligera"
Sin embargo, no se hacen expulsiones "a la ligera". "Es importante justificar, de forma muy pormenorizada, todas las causas que han motivado la solicitud de expulsión; citando y haciendo hincapié en el historial delictivo", aseguran. Así, cuando el ciudadano extranjero en situación irregular carece de antecedentes se abre un 'procedimiento ordinario', a la espera de que este sujeto regularice su estancia.
Por el contrario, cuando el individuo sí presenta un engrosado historial de antecedentes, se activa lo que se conoce como un 'procedimiento preferente' para poner en marcha todo el engranaje necesario para culminar con la posible expulsión del sujeto en cuestión. En este sentido, el inspector Juan Torres, jefe de la sección de Expulsiones y Repatriaciones de la Brigada Provincial de Extranjería de la Policía Nacional en Barcelona detalla a Crónica Global el paso a paso.
Paso a paso
En primer lugar, "es necesario obtener un decreto de expulsión que expende, normalmente, la Subdelegación del Gobierno o, en casos más puntuales, la Secretaría de Estado de Seguridad". A continuación, se requiere una autorización judicial de todos los juzgados donde los delincuentes extranjeros tienen causas pendientes. "Todos los jueces deben autorizar la expulsión y permitir que las distintas penas de privación de la libertad se sustituyan o permuten por la expulsión del ciudadano en cuestión", matiza el inspector Torres.
Finalmente, es necesario que los países de origen reconozcan a dichos ciudadanos, "sin dicho reconocimiento no podemos efectuar la repatriación", añade Juan Torres. Por ello, 24 horas antes del despegue del vuelo fletado con los cinco delincuentes latinoamericanos, los colombianos tuvieron que acudir al consulado a regularizar su nueva situación. Engrilletados y escoltados, uno a uno arreglaron sus papeles como condición sine qua non antes de abandonar España.
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