La multirreincidencia, motivo para expulsar a ciudadanos extranjeros en situación regular
A pesar de llevar 18 años viviendo en España y con la documentación totalmente en regla, la Unidad Central de Expulsiones y Repatriaciones (UCER) de Barcelona pudo motivar la expulsión de un hombre. La justificación: tener un nutrido historial delictivo
5 abril, 2024 00:00Noticias relacionadas
A finales de marzo, agentes del Grupo Operativo de Extranjeros de la Policía Nacional identificaron y detuvieron a un ciudadano senegalés, vecino de Lloret de Mar (Girona), a quien le constaban 33 antecedentes policiales. A pesar de llevar 18 años viviendo en España, con la documentación totalmente en regla, la Unidad Central de Expulsiones y Repatriaciones (UCER) de Barcelona pudo motivar su expulsión. La justificación: su nutrido historial delictivo.
Y es que, según se prevé en el artículo 57 de la Ley de Extranjería, se considerará una infracción grave "la participación de cualquier ciudadano extranjero que realice actividades contrarias al orden público, previstas en la Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana". La multirreincidencia es una de dichas "actividades".
El paso a paso: de prisión a la expulsión
Tras la detención, este delincuente multirreincidente ingresó el Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) de Barcelona, mientras que los agentes formalizaban la solicitud de la extinción de la residencia. Se trataba de un ciudadano que acumulaba 33 detenciones policiales y 7 condenas judiciales, equivalentes a 8 años de prisión. "Con estas características se puede motivar la retirada del permiso de residencia, alegando que suponía un peligro para la seguridad ciudadana", matizan fuentes de la Policía Nacional a preguntas de Crónica Global.
En estos casos, se necesita pedir una autorización judicial en todos los juzgados donde los delincuentes extranjeros tienen causas pendientes. Para culminar el proceso, indican las mismas fuentes, "todos los jueces deben autorizar la expulsión y permitir que las distintas penas de privación de la libertad se sustituyan o permuten por la expulsión del ciudadano en cuestión, incluso si se encuentra en situación regular". Siempre y cuando -añaden- "la condena implique una pena superior a un año de prisión".
"No realizamos expulsiones a la ligera"
Por lo tanto, según las fuentes consultadas, aunque la labor de los Grupos de Extranjería tiene que ver con la persecución y expulsión de ciudadanos extranjeros en situación irregular, "también se puede perseguir a otros residentes que, a pesar de tener una residencia válida, cuentan con numerosos antecedentes policiales y condenas judiciales".
No obstante, en estos casos, matizan, "es importante justificar, de forma muy pormenorizada, todas las causas que han motivado la solicitud de expulsión; citando y haciendo hincapié en si se trata de delincuentes que ponen en peligro el orden público o la seguridad ciudadana". "No podemos expulsar a nadie a la ligera" aseguran. "Cabe destacar que los ciudadanos extranjeros tienen muchas garantías y solo en casos evidentes, con numerosas detenciones y condenas, podemos justificar una retirada del permiso de residencia", aseveran.
Prohibición de entrada en el territorio nacional
De este modo, tal y como se extrae de la propia Ley: "la expulsión acarreará, en todo caso, la extinción de cualquier autorización para permanecer legalmente en España, así como el archivo de cualquier procedimiento que tuviera por objeto la autorización para residir o trabajar en España".
Es más, las fuentes consultadas añaden que "en aquellos casos en los que, finalmente, se lleva a cabo la expulsión, el ciudadano en cuestión tendría, aparte, una prohibición de entrada a territorio nacional de 5 años, como norma general". De este modo, aseguran fuentes oficiales del cuerpo, se pretende luchar contra la multirreincidencia en todas sus facetas. Aunque no siempre se consigue.
Cuantos más antecedentes, más burocracia
Y es que otras fuentes policiales consultadas reconocen que, a veces, "cuanto más malos y más antecedentes tienen, más complicado lo tenemos para efectuar la expulsión". Eso es, explican, porque los responsables de la Unidad Central de Expulsiones y Repatriaciones tienen que recibir la autorización judicial de todos los juzgados en los que el individuo tiene cuentas pendientes, "lo que puede demorar, incluso imposibilitar, que se autorice la retirada del permiso de residencia y la consiguiente expulsión".
En el caso del ciudadano senegalés se recibieron todas las autorizaciones judiciales en relación con las causas que tenía pendientes en nuestro país: un total de 33. En un comunicado, la Policía Nacional reconoce que la multirreincidencia "es un objetivo prioritario de todos los cuerpos policiales, ante ciudadanos que desprecian todos los valores sociales y han hecho de la delincuencia su modo de vida".
Endurecer la multirreincidencia
En ese sentido, incluso desde el Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona (ICAB) ya han reclamado, en múltiples ocasiones, un endurecimiento de las leyes para combatir la multirreincidencia y proponen que los hurtos se consideren 'delitos menos graves'. De hecho, para atajar este fenómeno delincuencial y garantizar el ingreso en prisión de los delincuentes multirreincidentes, el poder legislativo reformó en 2022 el Código Penal para que los ladrones sancionados por tres o más hurtos leves puedan recibir penas de prisión de hasta 18 meses, como explicó este medio.
Pese a ello, el cambio normativo no se ha puesto en marcha debido a la lentitud y la sobrecarga de los tribunales. Está previsto que la reforma cobre fuerza este mismo año 2024, lo que facilitaría que los detenidos permaneciesen más tiempo entre rejas.