Si vives con una persona mayor de 65 años: este es el dinero que recibirás en la declaración de la Renta
Descubre cuál puede ser la cuantía que puedes recibir si convives con una persona de 65 años o más: esto es lo que debes saber
17 abril, 2024 16:55Noticias relacionadas
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Vivir con una persona mayor de 65 años supone una responsabilidad adicional, ya que puede implicar la necesidad de brindar cuidados especiales y atención continua. Además, esta convivencia puede generar un ambiente familiar más cercano y solidario, donde se valoran y aprecian las experiencias y sabiduría acumulada a lo largo de los años.
Asimismo, puede implicar ajustes en el estilo de vida y en el hogar para adaptarse a las necesidades y limitaciones propias de la edad. Sin embargo, esta convivencia también ofrece la oportunidad de crear recuerdos preciosos y fortalecer los lazos.
Hay cada vez más familias que conviven con personas mayores de 65 años, una situación que puede ofrecer algunas ventajas fiscales a la hora de hacer la declaración de la Renta.
Requisitos para personas que viven con mayores de 65 años
Para poder aplicar estas deducciones es necesario cumplir con una serie de requisitos, que son los siguientes:
- El ascendiente que tiene a su cargo debe tener más de 65 años a la fecha de devengo del impuesto, que acostumbra a ser el 31 de diciembre. De igual modo, más allá de la edad, es posible acceder si se tiene una discapacidad igual o superior al 33%.
- El contribuyente debe convivir con ese ascendiente durante al menos la mitad del periodo impositivo. Se acepta esta condición en los casos en los que los ascendientes que padecen de algún tipo de discapacidad sean dependientes de ellos y necesiten de un internamiento en centros especializados.
- La persona de 65 años no puede haber logrado durante el último ejercicio rentas que superen los ocho mil euros, excluyendo las que se encuentran exentas del impuesto.
- El ascendiente no puede presentar una declaración del IRPF con rentas superiores a los 1.800 euros.
¿Cuánto dinero pueden darme?
Si convives con una persona mayor de 65 años, podrán desgravar hasta 1.150 euros al año por cada ascendiente de más de 65 años o con una discapacidad del 33% o más. Esta cifra aumenta a 2.550 euros para aquellos que cuiden de personas mayores de 75 años.
Muchas de estas familias asumen esta responsabilidad sin recibir suficiente apoyo gubernamental en forma de ayudas, por lo que conocer estas deducciones puede aliviar en parte la carga financiera que conlleva el cuidado de sus seres queridos.
Recomendaciones para la Renta: ¿Estoy obligado a declarar?
Para determinados contribuyentes con ciertos niveles de ingresos, la presentación de la declaración de la Renta no es una obligación. Sin embargo, es importante evaluar si conviene presentarla, especialmente, si se espera un reembolso o si se desea aprovechar beneficios fiscales, como deducciones por adquisición de vivienda habitual o reducciones por aportaciones a planes de pensiones, entre otros. En tales casos, es crucial verificar si es ventajoso presentar la declaración o si es preferible abstenerse.
¿Declaración Individual o Conjunta?
Una interrogante común es si es más beneficioso presentar la declaración de forma individual o conjunta con el cónyuge. En este sentido, se debe analizar cuál de las dos opciones resulta más favorable, teniendo en cuenta la inclusión en Renta Web del número de referencia o Cl@ve PIN del cónyuge (y de los hijos menores con rentas). Esta evaluación permitirá determinar la opción más adecuada.
Verificación de Datos Personales y Familiares
Si durante el último año ha habido cambios en tu situación personal, como un matrimonio, divorcio, nacimiento de un hijo, asunción de mayores a cargo o cambio de domicilio, es crucial revisar que estos datos estén correctamente reflejados en la declaración de la Renta.
Declaración Correcta de Bienes e Inversiones
Es esencial revisar minuciosamente el borrador de la declaración de la Renta para garantizar la correcta declaración de bienes inmuebles, prestando especial atención a los porcentajes de titularidad. Además, es necesario declarar los ingresos provenientes de alquileres y, en caso de transacciones de bienes en 2023, declarar las ventas o donaciones. Por otro lado, en caso de venta de acciones, se deben declarar las ganancias obtenidas, mientras que si se han incurrido en pérdidas o rendimientos negativos, puede que no sea obligatorio declararlos debido a su cuantía.