Cómo votar por correo en las elecciones de Cataluña 2024 y cuáles son los plazos
Para votar por correo hay que cumplir algunos requisitos y solicitarlo antes del 2 de mayo. Eso sí, se puede presentar la documentación hasta el día 8: te lo contamos
26 abril, 2024 11:25Noticias relacionadas
Queda poco para las Elecciones en Cataluña 2024 del 12 de mayo, que Pere Aragonès, el presidente de la Generalitat, convocó anticipadamente el pasado marzo. Es muy importante ejercer el voto y por eso vamos a explicarte de qué manera hacerlo si ese día o ese finde de semana no estás en Cataluña.
El voto por correo ya está disponible desde el 19 de marzo y se podrá solicitar hasta el 2 de mayo, diez días antes de las elecciones al Parlament.
¿Quiénes puede solicitar el voto por correo?
Lo puede pedir toda persona con la ciudadanía española y residente en Cataluña. También, los ciudadanos españoles residentes en otro país, pero que estén inscritos en el censo electoral para ejercer su derecho a voto desde el extranjero en alguna de las cuatro provincias catalanas.
Cómo solicitar el voto por correo
La solicitud del voto por correo se puede efectuar de manera presencial en cualquier oficina de Correos, y para comprobar la identidad del sufragante se pedirá la documentación como el DNI u otro documento oficial.
Tendrás que rellenar un formulario con los datos en el que detallarás en qué dirección quieres recibir la documentación electoral.
O también puedes solicitarlo de manera online en la página web de Correos y, para ello, será necesario disponer del DNI electrónico o de un certificado digital válido.
¿Cuándo llega la documentación?
Una vez realizada la petición, la Oficina del Censo Electoral deberá aprobar la solicitud para enviar la documentación correspondiente y entregarla entre el 22 de abril y el 8 de mayo. Los carteros harán dos intentos para entregar la documentación en mano a la persona correspondiente, que deberá enseñar el DNI u otro documento oficial.
En el caso de que no encuentren al votante, dejarán una notificación en el buzón para que vaya a la oficina de Correos más cercana a recoger el sobre. Y si no es posible ir a recogerlo en persona, se puede redactar una autorización para que acuda otra en tu nombre.
¿Qué documentación se necesita para poder votar por correo?
Una vez solicitado el voto, ya sea de forma online o presencial, el solicitante recibirá en la dirección indicada la solicitud junto a la siguiente documentación:
- El certificado de inscripción en el censo.
- Una papeleta de votación de cada una de las candidaturas que se presentan a las elecciones convocadas.
- El sobre de votación.
- Uno sobre dirigido al Presidente/a de la Mesa en la cual corresponde votar.
- Una hoja explicativa del procedimiento que se debe seguir.
Tras rellenar los documentos, se deberá introducir en el sobre la papeleta que se haya escogido y cerrarlo, para después acudir a una oficina de Correos y proceder a su envío certificado. El plazo para entregar el voto en Correos termina el 8 de mayo en el horario habitual de apertura de las oficinas postales.