Cataluña continúa a la cabeza en cuanto a cifras de okupación al contabilizar durante el primer trimestre de este año 1.673 casos, que representan un 42% del total de allanamientos en el conjunto del territorio español. En 2022 la comunidad registró un total de 6.863 denuncias. Sin embargo, es importante señalar que sólo 159 fueron okupaciones en viviendas habitadas -primeras o segundas residencias- mientras que el 80% de propiedades okupadas a las bravas estaban vacías.
Aún así, es importante conocer las pautas para poder revertir cuanto antes una okupación ilegal. Lo más importante en estos casos es actuar con rapidez, independientemente de que se trate de una vivienda habitual o de una segunda residencia. Se recomienda llamar de forma inmediata a las fuerzas de orden público, en el caso de Cataluña, a la policía local del municipio correspondiente o a los Mossos d’Esquadra.
Dos vías para denunciar
Una vez que han llegado al lugar las fuerzas policiales, y en caso de que éstas no puedan desalojar la vivienda, se plantean dos posibles escenarios: interponer una demanda por lo civil o acudir directamente a la vía penal.
El delito de allanamiento de morada -que incluye tanto a las primeras como segundas residencias- está castigado en el Código Penal con penas de entre seis meses y dos años de cárcel y multa, que podrían verse agravadas si existe uso de fuerza o intimidación. En estos casos, la policía puede actuar para desalojar la vivienda. El Código Penal también recoge el delito de usurpación, es decir, de aquellos espacios okupados pero que no constituyen la morada del propietario, por lo que su desalojo solo se ejecutará si existe una orden judicial. En este segundo supuesto lo que se blinda es el derecho a la propiedad privada -en caso de vulnerarlo está penado con multas de tres a seis meses-, frente al allanamiento, que lo que protege es la inviolabilidad del domicilio.
En algunos casos de okupación, en los que el okupa haya sido inquilino, por ejemplo, el propietario puede optar por la vía civil. En este caso, el juez dará un plazo de cinco días a los allanadores para aportar títulos legítimos con los que puedan probar que tienen derecho a residir ahí. Si no lo hacen, dictará un auto para proceder al desalojo, un proceso que puede demorarse en el tiempo.
Una vez que han echado a los okupas, las víctimas de la okupación deben tomar las medidas oportunas para evitar que el domicilio vuelva a ser okupado, como la instalación de alarmas, marcos de seguridad o vigilancia.
¿Qué puede hacer la policía?
Fuentes policiales aclaran que “no están para evitar las okupaciones, sino que tiene que ser el propietario del bien quien lo haga”. Las mismas voces señalan que, lejos de la imagen hollywoodiense de la policía tumbando puertas de una patada, los Mossos sólo pueden actuar en las okupaciones “en caliente”, es decir, si los pillan in fraganti introduciendo muebles y otros enseres en un domicilio, si hay un aviso de un conserje o vigilante o si los vecinos son testigos de que están entrando por la fuerza a una propiedad. Pero si el okupa ya ha pernoctado allí y ha introducido elementos de vida “por ley ya no se puede acceder si no es con una autorización judicial”, porque goza de protección constitucional.
La única forma, aclaran, es que se estuviera produciendo un ilícito en el interior. Y no cualquiera. Para vulnerar un derecho fundamental, como es la inviolabilidad de un domicilio, se tiene que haber cometido un delito grave. "Si no, lo que puede pasar es que el policía sea quien acabe imputado”, rematan.
Personas en situación de vulnerabilidad
No se puede obviar que, aunque algunas okupaciones están vinculadas con hechos delictivos como los narcopisos -utilizados para el consumo o venta de estupefacientes- para albergar plantaciones de marihuana o para lucrarse con la venta de llaves, detrás de los allanamientos también hay situaciones de extrema vulnerabilidad.
En estos casos las propias fuerzas policiales se encargan de requerir la intervención de los servicios sociales para que valoren si efectivamente se trata de personas vulnerables y se le pueda ofrecer una alternativa habitacional. En caso de que haya menores en situación de riesgo también se comunica a la Dirección General de Atención a la Infancia y Adolescencia (DGAIA).
Una unidad especializada de Mossos
En noviembre de 2022 el conseller de Interior Joan Ignasi Elena anunció la creación de una nueva unidad central para gestionar esta problemática social de forma transversal, así como la entrada en vigor de un nuevo protocolo para procedimentar y homogeneizar la actuación de los agentes en el conjunto del territorio catalán.
La Unidad Central de Intervención de Conflictos de Vivienda, imbricada en la División de Atención a la Ciudadanía, no es operativa, sino que se encarga de gestionar la información sobre el fenómeno de las okupaciones, evaluarla y hacer un seguimiento.