Audiencia de Girona, en la que se ha juzgado a un hombre por partirle la nariz de un puñetazo a un vecino de Sant Feliu de Guíxols / EUROPA PRESS

Audiencia de Girona, en la que se ha juzgado a un hombre por partirle la nariz de un puñetazo a un vecino de Sant Feliu de Guíxols / EUROPA PRESS

Vida

Condenado a prisión por partirle la nariz de un puñetazo a un hombre en Sant Feliu de Guíxols

La Audiencia de Girona lo condena a 14 meses de cárcel y al pago de una indemnización, pero rechaza la petición de expulsarlo del país

4 enero, 2022 12:44

La Audiencia de Girona ha condenado a un año y dos meses de prisión a un acusado que le propinó un fuerte puñetazo a un vecino de Sant Feliu de Guíxols en la cara en 2015. Como resultado del golpe, la víctima sufrió la rotura del tabique nasal.

Aunque la Fiscalía lo acusaba de un delito de lesiones agravadas, la sentencia ha descartado este extremo al no poder probar que el acusado tuviera un destornillador en la mano cuando golpeó a la víctima. También aclara que la lesión no le produjo ninguna ateración física. “Los perjuicios estéticos son leves y no consideramos que se produjera una deformidad del rostro”, recoge la sentencia a la que ha tenido acceso del Diari de Girona. Además, le han aplicado un atenuante de dilaciones indebidas por el tiempo que se ha dilatado el proceso judicial hasta llegar a la celebración del juicio, más de cinco años.

Deniega su expulsión

La Fiscalía solicitaba tres años de cárcel y 15.000 euros de indemnización por un delito de lesiones agravadas, mientras que la acusación particular pedía seis años de prisión y una indemnización de 18.000 euros para la víctima. Además, la acusación pública solicitaba su expulsión del país en caso de ser considerado culpable y la prohibición de regresar a España durante un periodo de seis años.

Finalmente, la Audiencia ha sido más laxa y ha acordado una pena de catorce meses de prisión y el pago de una indemnización de 12.547 euros. Asimismo, ha rechazado la petición de expulsar al joven a su país de origen, Marruecos, al entender que dicha medida, “teniendo en cuenta la gravedad del delito cometido, resulta desproporcionada”.

Discusión por una deuda

Los hechos sucedieron el 22 de junio de 2015 cuando ambos se dieron cita en la calle Alacant de Sant Feliu de Guíxols para que el ahora condenado abonara 200 euros a la víctima. Sin embargo, lejos de saldar las deuda, le propinó un fuerte golpe en la cara. El afectado sostiene que en el momento en el que recibió el puñetazo, el acusado sostenía “un objeto metálico”, probablemente un destornillador.

Sin embargo, la sentencia ha concluido que las lesiones que presentaba la víctima no son compatibles con las producidas por una herramienta de esas características. Aún así, el hombre necesitó 10 puntos de sutura para cerrar “una herida inciso contusa” en la nariz, que resultó fracturada. A causa de este hecho, la víctima presenta alteraciones de la respiración, una cicatriz y una pequeña desviación del tabique nasal.