EL TSJC arropa a un policía discriminado en Barcelona
El ayuntamiento encaja otro revés judicial por su política de jubilar de forma forzosa a los agentes que sufren minusvalía
17 julio, 2021 20:00La justicia ha revertido la jubilación forzosa de un agente de la Guardia Urbana de Barcelona (GUB) que sufrió un accidente laboral en 2009, quedó discapacitado y el ayuntamiento le retiró de forma unilateral, sin tener en cuenta su petición de pase a segunda actividad. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha fallado contra la Administración local y ahora la exhorta a evaluar de nuevo las capacidades del agente, a quien arropó incluso la ONU.
La nueva resolución judicial, conocida esta semana, supone otra victoria judicial del agente Vicenç Flores frente al ayuntamiento. El efectivo policial fue el primero que logró un dictamen favorable del Comité para los Derechos de las Personas con Discapacidad de la Organización de Naciones Unidas (ONU) en 2019, como avanzó este medio. También ganó su caso en primera instancia, pero el gobierno municipal recurrió. Ahora, el policía ha vuelto a ver reconocida su demanda en segunda instancia.
Accidente laboral
El caso de Vicenç Flores se remonta a 2009, cuando sufrió un accidente laboral en moto cuando acudía a un servicio. Era miembro de la Guardia Urbana de Barcelona, y fue arrollado por un automóvil cuando se dirigía a una llamada. Sufrió heridas en el pie que le provocaron también fuertes dolores en la espalda. El policía Flores quedó incapacitado, pero pidió el pase a segunda actividad. Solicitó continuar trabajando.
El Ayuntamiento de Barcelona se lo negó y jubiló al funcionario con 31 años en 2010, en aplicación del Reglamento de Segunda Actividad. Aplicó una normativa, polémica, que los sindicatos de la GUB y la oposición han pedido reformar. Tras aquel desaire, el agente acudió a la justicia.
La ONU le avala
Tuvo una suerte dispar. El agente Flores ganó en primera instancia, pero el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) revirtió la decisión. La defensa del demandante acudió al Tribunal Constitucional y al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), sin éxito. Finalmente, llevó su caso a Naciones Unidas. El organismo que vela por los derechos de los discapacitados le dio la razón y resolvió que el policía debía ser reevaluado, pues había sido discriminado.
El Ayuntamiento de Barcelona hizo caso omiso del dictamen, como informó Crónica Global. El agente llevó el informe a la justicia. Ganó de nuevo en primera instancia y ahora el TSJC también le ha dado la razón. El segundo eslabón judicial confirma que la Administración local debe examinar de nuevo al policía y, si es preciso, encontrarle un puesto como funcionario en la estructura municipal.
Abogado: "Victoria para los derechos humanos"
En conversación con este medio, Rafael Cid, abogado de Vicenç Flores y del bufete Gentium, analiza la repercusión de la sentencia. "De menor a mayor, es un reconocimiento para la lucha del agente Flores, a quien se le reconocen daños morales; un avance en el derecho al acceso al trabajo de las personas con discapacidad y una victoria para el sistema de derechos humanos en España", razona.
Cid recuerda que el ayuntamiento "se negó a realizar un análisis funcional al agente Flores, y ahora lo deberá hacer si es que no recurren la sentencia". Si la Administración local pide amparo al Tribunal Supremo, la defensa también lo aprovechará. "Será una ocasión para formar doctrina". Si ello no ocurre, la defensa legal de Flores "pedirá la ejecución de la sentencia". El letrado celebra también que la resolución "sea un paso en el cambio de criterio natural" para recolocar en los ayuntamientos a agentes que han quedado incapacitados.
Pelea en toda España
Ello, la reincorporación en segunda actividad, es la batalla de Ail-pold, la asociación de policías discapacitados, que preside el propio Flores. Agentes heridos en acto de servicio han logrado victorias judiciales con el apoyo de la entidad social, también con el Ayuntamiento de Barcelona, como explicó este medio. Otras corporaciones locales a quien la justicia ha afeado que discriminen a agentes con capacidades diversas son los de Palma de Mallorca y Gavá.
En este último municipio barcelonés, el TSJC concluyó en 2020 que el artículo del Reglamento de Segunda Actividad que fija la jubilación inmediata era ilegal. Ello, la reforma de esta norma, es lo que pide Ail-pold para Barcelona, pues el artículo 7 establece aún el pase a inactividad de los policías que resultan lastimados para el servicio activo. Con la nueva sentencia del Tribunal Superior, el ayuntamiento tiene una nueva oportunidad para abordar esta demanda.