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El TSJC ordena ejecutar "de forma inmediata" el 25% de castellano

La justicia acepta la solicitud de AEB y da un plazo de 15 días a la Consejería de Educación para que aplique la sentencia en todos los centros e insta a la Alta Inspección a verificar el cumplimiento

9 mayo, 2022 14:52

La Sección Quinta de la sala contencioso-administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha ordenado a la Generalitat "el cumplimiento inmediato" de la sentencia que obliga a impartir un 25% de horario lectivo en castellano en todos los centros educativos de Cataluña.

Esta decisión es consecuencia de la legitimación de la Asociación por una Escuela Bilingüe (AEB), que asesora a los padres de alumnos que reclaman el aprendizaje en español y que solicitó la ejecución forzosa, y deriva de la sentencia dictada por esta sala el 16 de diciembre de 2020 y que fue firme el 20 de enero de 2022. El mismo tribunal ha desestimado la solicitud de ejecución del partido Vox y de algunos diputados del Parlament por falta de legitimidad. La interlocutoria tiene lugar después de que la abogacía del Estado se inhibiera en favor del mismo tribunal y de que la Generalitat rechazara la ejecución forzosa.

Dictar instrucciones

El tribunal insta al consejero de Educación para que, en el plazo máximo de 15 días, "dicte las instrucciones y establezca las garantías de control de las mismas que procedan a los efectos que en el sistema educativo de Cataluña todos los alumnos reciban de forma efectiva e inmediata la enseñanza mediante la utilización vehicular normal de las dos lenguas oficiales en los porcentajes que se determinen, que no podrán ser inferiores al 25% en uno y otro caso". Esta flexibilización de la inmersión incluirá "como mínimo la docencia de la misma lengua y la de otra asignatura o materia de carácter troncal o análogo".

El TSJC también ordena al Govern que "le informe en el mismo momento en que finalice el nuevo plazo de ejecución sobre las medidas adoptadas y el grado de cumplimiento de las mismas". La sala requiere a la Alta Inspección Educativa a efectos de verificar el cumplimiento de la parte dispositiva de la sentencia dictada en estas actuaciones en el conjunto del sistema educativo de Cataluña, informando al tribunal de la actividad desplegada y de la situación constatada a la finalización del plazo de ejecución señalado".

Proyectos educativos

Consideran los jueces que la sentencia "impone una obligación de resultado, obligación que supone establecer la obligación jurídica de todos los afectados de respetar, cumplir y hacer cumplir una práctica de uso vehicular de las lenguas oficiales en los términos señalados en su parte dispositiva. Los proyectos lingüísticos no han sido objeto de la sentencia. Por otra parte, se trata de instrumentos de carácter meramente programático y validez interna de cada escuela que no tienen capacidad jurídica de condicionar el régimen jurídico del uso vehicular de las lenguas oficiales en el conjunto del sistema educativo que es aquello a lo que se refiere esta sentencia".

"Ahora bien --añade--, sí corresponde trasladar a la ejecución de la sentencia una previsión que queda recogida en el cuerpo de la misma en el sentido de que la utilización vehicular de una y otra lengua debe incluir como mínimo la docencia de la misma lengua oficial y la de una otra asignatura o materia de carácter troncal, o análogo". El tribunal rechaza la ejecución forzosa formulada por la representación de varios diputados en Parlament y del partido político Vox, por falta de legitimación.