El exvicepresidente de la Generalitat en prisión, Oriol Junqueras, quien saldrá de la cárcel para disfrutar de su primer permiso penitenciario / EP

El exvicepresidente de la Generalitat en prisión, Oriol Junqueras, quien saldrá de la cárcel para disfrutar de su primer permiso penitenciario / EP

Política

El Supremo mantiene la suspensión de la JEC a Junqueras como eurodiputado

La misma Sala ya se pronunció en contra de la medida cautelarísima y aún falta resolver sobre el fondo

18 febrero, 2020 19:15

El Tribunal Supremo rechaza suspender el acuerdo de la Junta Electoral Central (JEC) que declaró el pasado 3 de enero la pérdida de condición de eurodiputado del exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras en virtud de su condena a 13 años de prisión e inhabilitación por el procés independentista catalán.

El alto tribunal todavía no ha entrado a valorar sobre el fondo de la resolución del árbitro electoral, sino que ha desestimado la suspensión cautelar del mismo que solicitaba el líder de ERC.

Lo hace "sin prejuzgar en absoluto" lo que pueda acordar cuando estudie el fondo del recurso de Junqueras, pero teniendo en cuenta que deben prevalecer los intereses generales derivados de la sentencia que lo condenó a sedición y malversación por el proceso independentista de Cataluña.

Sustituto en la Eurocámara

Ya tomó esta misma decisión a principios de enero, pero en ese caso en la fase de las medidas cautelarísimas, en la que no se necesita escuchar al resto de partes.

En su auto de este martes, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Supremo tiene en cuenta que la sentencia del procés es "la circunstancia objetiva" que tuvo en cuenta la Junta Electoral para retirarle la condición de eurodiputado en virtud de la causa sobrevenida de inelegibilidad, prevista en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG).

En respuesta a Junqueras, la Sala rechaza que el recurso vaya a perder su finalidad si finalmente le da la razón porque siempre se podrá anular la credencial expedida en favor del eurodiputado sustituto del líder de ERC.

Decisión ajustada a Derecho

Niega también la supuesta falta de competencia del árbitro electoral que, recuerda el Supremo, es uno de los ejes sobre los que se articula el sistema electoral y tiene la finalidad de garantizar un régimen de elecciones libres.

Como hizo al resolver las cautelarísimas, la Sala vuelve a negar que su decisión vulnere el derecho de la Unión Europea a raíz de la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), que indicó que el exvicepresident debió gozar de inmunidad desde que fue proclamado como eurodiputado, el 13 de junio. Y recuerda que, en respuesta, la Sala de lo Penal del alto tribunal ya rechazó que dicha inmunidad protegiese a Junqueras una vez fue condenado en firme el pasado mes de octubre.

La resolución de la JEC, por siete votos a favor y cinco en contra, aceptó los recursos planteados por el PP, Ciudadanos y Vox, y declaró la pérdida de su condición de parlamentario europeo "con anulación de su mandato".