
La expresidenta del Parlament de Cataluña, Laura Borràs, junto a su abogado, Gonzalo Boye
El abogado de Laura Borràs critica a la Fiscalía por rechazar su indulto: "La ley no exige arrepentimiento"
Gonzalo Boye cree que el ministerio público hace una "interpretación moralizante" de la norma, y tilda de "abuso" y "fraude procesal vestido de oratoria institucional" su decisión
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Gonzalo Boye, abogado de la expresidenta del Parlament Laura Borràs (Junts), ha presentado un escrito contra el informe de la Fiscalía Superior de Cataluña, que rechaza indultarla --entre otras razones-- por su falta de arrepentimiento en el delito de corrupción por el que fue condenada a cuatro años y medio de cárcel y 13 de inhabilitación.
Según Boye --letrado, a su vez, del prófugo Carles Puigdemont y otros líderes del procés--, el Código Penal no exige el arrepentimiento para conceder la medida de gracia. "La ley no exige ni arrepentimiento ni reeducación", sostiene, además de acusar al ministerio público de "inventarse" el delito de corrupción administrativa.
"Interpretación moralizante"
El abogado de Borràs cree que Fiscalía hace una "interpretación moralizante" de la norma, y tilda de "abuso" y "fraude procesal vestido de oratoria institucional" su decisión. En éste, la fiscal rechaza el indulto al considerar que la exmandataria secesionista no está rehabilitada ni "reeducada", ni ha dado muestras de remordimiento.
"La Fiscalía sustituye la técnica jurídica por una narrativa sentimental donde la reeducación, el arrepentimiento y la ejemplaridad ocupan el lugar que debería corresponder a los principios de legalidad, tipicidad y estricta aplicación de la norma penal", dice el escrito de Boye, que ve en el ministerio público "más una voluntad disciplinaria que una interpretación legítima del derecho".
En su opinión, el informe de la Fiscalía contrario al indulto es "una intervención política mal disimulada", que pretende "reiterar reproches personales y reconstruir, por vía gubernativa, un discurso condenatorio alternativo".
Niega la corrupción administrativa
Boye insiste además en su tesis de que Borràs no fue condenada por corrupción, y considera que el concepto "corrupción administrativa" que la Fiscalía menciona en su escrito constituye "una categoría fantasmal no reconocida por el legislador, que sólo sirve para dramatizar el relato acusatorio y reforzar un discurso extrajurídico más propio del editorial de un diario que de una alegación fiscal".
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) condenó a Borràs por los delitos de prevaricación y falsedad documental por haber troceado contratos para asignárselos a dedo a un amigo cuando dirigía la Institució de les Lletres Catalanes -entre 2013 y 2018-, por un valor total de 335.700 euros.
El abogado, por otra parte, ve "paradójico" que Fiscalía no recurriera la sentencia del TSJC -que ya preveía un indulto parcial- y cree que ahora pretende enmendarlo por otra vía. Y es que, a su modo de ver, si el ministerio público no compartía el planteamiento judicial, en su momento tendría que haber presentado un recurso de casación, pero "no lo hizo" y optó por el silencio procesal. Todo ello, en su opinión, constituye un abuso de derecho y un fraude procesal.